El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día trece de octubre del año dos mil ocho, se sirvió aprobar el siguiente:
ACUERDO N° CG/37/2008
Adecuación al Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año dos mil ocho.
CONSIDERANDO
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, señala en el artículo 11, párrafo primero, que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de los Ayuntamientos, es una función estatal que se organiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México, y que en el ejercicio de esta función, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y el profesionalismo, serán principios rectores. |
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II. |
Que el Consejo General, en sesión ordinaria celebrada el día treinta y uno de enero de dos mil ocho, aprobó por Acuerdo número 3/2008 (tres/dos mil ocho), publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, de fecha seis de febrero de dos mil ocho, el “Presupuesto Ajustado del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año dos mil ocho”, presupuesto que ascendió a la cantidad de $868,477,789.21 (ochocientos sesenta y ocho millones, cuatrocientos setenta y siete mil setecientos ochenta y nueve pesos 21/100 M.N.). |
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III. |
Que la H. LVI Legislatura del Estado, mediante decreto número 163 (ciento sesenta y tres), publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, con fecha nueve de mayo de dos mil ocho, expidió reformas y adiciones a
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; decreto que en su Transitorio Décimo Cuarto, determinó lo siguiente:
“DÉCIMO CUARTO.- Sin menoscabo del cumplimiento de los fines que les impone la Constitución y la ley, el Instituto y el Tribunal Electoral del Estado de México, deberán adecuar sus presupuestos y sus programas de actividades para el presente año, relacionados con el próximo proceso electoral, con base en lo establecido en este decreto y en lo que, en su oportunidad se establezca en la ley secundaria”.
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IV. |
Que a efecto de dar cumplimiento al Transitorio referido en el Considerando anterior, el Consejo General en sesión extraordinaria de fecha dieciséis de junio de dos mil ocho, mediante Acuerdo número CG/19/2008 (CG/diecinueve/dos mil ocho), denominado “Adecuación al Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año dos mil ocho”, aprobó el presupuesto a ejercer del primero de junio al treinta y uno de diciembre del año en curso, por la cantidad de $392,666,486.10 (trescientos noventa y dos millones, seiscientos sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta y seis pesos, 10/100 M.N); así como la creación de la cuenta “Fondo Especial para el Proceso Electoral 2009” por la cantidad de $309,326,000.39 (trescientos nueve millones, trescientos veinte seis mil pesos, 39/100 M.N.), y en el punto de Acuerdo Tercero determinó:
TERCERO.- El Consejo General podrá realizar nuevas adecuaciones al Presupuesto del Ejercicio Fiscal del año dos mil ocho, una vez que se conozca la reforma a la legislación electoral secundaria de la Entidad, o en los casos previstos en la Normatividad interna del Instituto” .
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V. |
Que la H. LVI Legislatura del Estado de México, emitió el decreto número 196, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno” con fecha diez de septiembre de dos mil ocho, por el que reformó, adicionó y derogó diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de México.
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VI. |
Que el Consejo General, en sesión ordinaria celebrada el día trece de octubre de dos mil ocho, aprobó por Acuerdo número CG/36/2008 (CG/treinta y seis/dos mil ocho), la “Adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho” . |
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VII. |
Que de las reformas referidas en los Considerandos III y V del presente Acuerdo, entre otros aspectos se derivó, respecto de la estructura del Instituto Electoral del Estado de México, la conformación de la Dirección General y de la Secretaría General en la Secretaría Ejecutiva General y de la Unidad de Contraloría Interna en la Contraloría General, así como la creación del Órgano Técnico de Fiscalización, según lo dispuesto por el artículo 11, párrafos segundo, quinto y octavo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; asimismo, emanó la conformación del Centro de Formación y el Centro de Información Electoral, en el Centro de Formación y Documentación Electoral del Instituto, de la Unidad de Información y Estadística en la Unidad de Informática y Estadística, y de la Unidad de Asesoría Jurídica y Consultiva en la Dirección Jurídico-Consultiva, en términos de los artículos 98 párrafo segundo y 105 del Código Electoral del Estado de México.
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VIII. |
Que una vez concretada la reforma a la legislación electoral de la Entidad y en atención a la nueva conformación de la estructura de este Instituto, así como a la adecuación al Programa Anual de Actividades de este Órgano Electoral para el dos mil ocho, el Consejo General, con fundamento en el Punto de Acuerdo Tercero del Acuerdo número CG/19/2008 (CG/diecinueve/dos mil ocho) referido en el Considerando IV del presente, estima procedente realizar la adecuación al presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el ejercicio fiscal del año dos mil ocho, que se ha de ejercer del primero de octubre al treinta y uno de diciembre del año en curso, mismo que asciende a la cantidad de $255,193,378.16 (doscientos cincuenta y cinco millones, ciento noventa y tres mil trescientos setenta y ocho pesos 16/100 M.N.), conforme a las partidas y cantidades que se precisan en el documento adjunto al presente Acuerdo.
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En razón de lo anterior, se emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba la adecuación al presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año dos mil ocho, que se ha de ejercer del primero de octubre al treinta y uno de diciembre del año en curso, mismo que asciende a la cantidad de $255,193,378.16 (doscientos cincuenta y cinco millones, ciento noventa y tres mil trescientos setenta y ocho pesos 16/100 M.N.), en los términos que se precisan en el documento adjunto, el cual forma parte del mismo, en concordancia con la adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho, aprobada por este Consejo General mediante Acuerdo número CG/36/2008 (CG/treinta y seis/dos mil ocho) de fecha trece de octubre del año en curso.
SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría Ejecutiva General para que en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 102 fracción XII del Código Electoral del Estado de México, ejerza las partidas presupuestales que se precisan en el documento adjunto al presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo con un concentrado del presupuesto ajustado, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”.
Toluca, México, a trece de octubre de dos mil ocho.
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. NORBERTO HERNÁNDEZ BAUTISTA
(RÚBRICA)
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
(RÚBRICA)
NHB/FJL/fre.
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