El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del siete de noviembre del año dos mil ocho, se sirvió aprobar el siguiente:
ACUERDO N° CG/43/2008
Material Didáctico para el Curso de Formación para Aspirantes a Vocales 2008-2009.
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11, párrafos primero y segundo, señala que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México, y que sus órganos dispondrán del personal calificado necesario para prestar el servicio electoral profesional. |
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II. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 79, párrafo primero, determina que el Instituto se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código. |
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III. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 82, párrafos primero y segundo, establece que las actividades del Instituto se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo; y que para el desempeño de sus actividades, el Instituto contará con el personal calificado necesario para prestar el Servicio Electoral Profesional. |
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IV. |
Que el Estatuto del Servicio Electoral Profesional, en el artículo 56, dispone que el Programa General del Servicio Electoral Profesional, estará constituido por cursos tendientes a fortalecer los elementos de carácter académico y técnico, que garanticen a los miembros eventuales y permanentes del Servicio, conocimientos, habilidades y actitudes necesarias para la mejor prestación del Servicio.
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V. |
Que el Estatuto del Servicio Electoral Profesional, en el artículo 58, dispone que los contenidos del curso de formación serán de carácter general y buscarán dar homogeneidad a los conocimientos de los aspirantes y servirán para realizar la selección de quienes podrán ser admitidos en el Servicio. |
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VI. |
Que el Estatuto del Servicio Electoral Profesional, en el artículo 63, establece que el Consejo General, aprobará a propuesta de la Junta General, el diseño y contenidos de los documentos de las fases de capacitación y desarrollo, así como los materiales didácticos necesarios. |
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VII. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria celebrada el día treinta y uno de enero de dos mil ocho, aprobó mediante Acuerdo número 4/2008 (cuatro/dos mil ocho), publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno” en fecha seis de febrero de dos mil ocho, el “Programa General del Servicio Electoral Profesional dos mil ocho–dos mil nueve para Órganos Desconcentrados".
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VIII. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria celebrada el día veinticinco de septiembre de dos mil ocho, aprobó mediante Acuerdo número CG/34/2008 (CG/treinta y cuatro/dos mil ocho), publicado el mismo día en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, las “Adecuaciones al Programa General del Servicio Electoral Profesional dos mil ocho–dos mil nueve para Órganos Desconcentrados”.
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IX. |
Que el Programa General del Servicio Electoral Profesional dos mil ocho –dos mil nueve para Órganos Desconcentrados, en el apartado 2.1. “Curso de Formación para aspirantes a Vocales Distritales y Municipales”, señala que la entrega física del material didáctico se llevará a cabo al inicio de la primera sesión.
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X. |
Que la Comisión del Servicio Electoral Profesional, en sesión extraordinaria de fecha treinta y uno de octubre del presente, aprobó a través del Acuerdo número 4 (cuatro), el “Proyecto de material didáctico para el Curso de Formación para aspirantes a Vocales 2008-2009”, que fue remitido a esta Junta General para su estudio, aprobación y posterior remisión al Consejo General para en su caso, su aprobación definitiva.
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XI. |
Que la Junta General, en sesión extraordinaria celebrada el día cinco de noviembre del año dos mil ocho, mediante Acuerdo número JG/29/2008 (JG/veintinueve/dos mil ocho), aprobó el “Proyecto de material didáctico para el Curso de Formación para aspirantes a Vocales 2008-2009”, y ordenó su remisión a este Órgano Superior de Dirección para su análisis, discusión y aprobación definitiva. |
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XII. |
Que el Consejo General, considera que el material didáctico para el Curso de Formación para aspirantes a Vocales 2008-2009, cumple con lo establecido en el Estatuto del Servicio Electoral Profesional, por lo que es procedente su aprobación definitiva. |
En merito de lo anterior, se expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprueba el material didáctico para el Curso de Formación para aspirantes a Vocales 2008-2009.
SEGUNDO.- Se instruye al Secretario Ejecutivo General para que, por conducto de la Dirección de Administración, se adopten las medidas necesarias para la impresión del material didáctico aprobado.
TERCERO.- Publíquese el material didáctico aprobado, en la página de Internet de este Instituto, conforme se prevé en el Programa General del Servicio Electoral Profesional 2008-2009 para Órganos Desconcentrados.
CUARTO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno.
Toluca, México, a siete de noviembre de dos mil ocho.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. NORBERTO HERNÁNDEZ BAUTISTA
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
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