El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día ocho de diciembre del año dos mil ocho, se sirvió aprobar el siguiente:
Acuerdo N° CG/60/2008
Programa de Capacitación para el Proceso Electoral 2009 y sus Anexos.
CONSIDERANDO |
|
|
I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11, párrafo primero, prevé que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México, y que en el ejercicio de esta función, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y el profesionalismo, serán principios rectores.
Asimismo, en el párrafo décimo quinto, dispone que el Instituto tendrá a su cargo, además de las que determine la ley, las actividades relativas al desarrollo de la democracia y la cultura política; a la capacitación y educación cívica; y la preparación de la jornada electoral, entre otras.
|
|
|
II. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 95 fracciones XLII y XLIII, otorga al Consejo General las atribuciones de aprobar el programa de capacitación para los ciudadanos que resulten insaculados, dando seguimiento y evaluación periódica; así como de aprobar y vigilar los materiales didácticos para la capacitación electoral para que estos se apeguen a los principios rectores del Instituto y a lo establecido por el propio Código. |
|
|
III. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 99 fracción II, otorga a la Junta General la atribución de proponer al Consejo General el Programa de Capacitación a ciudadanos que resulten insaculados, además de los materiales didácticos que se ocuparán de la misma. |
|
|
IV. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 107 fracciones I y III, concede a la Dirección de Capacitación las atribuciones de elaborar y proponer los programas de educación cívica, capacitación electoral y difusión de la cultura política democrática, que desarrollen los órganos del Instituto, así como diseñar, elaborar e integrar el material didáctico y los instructivos electorales; debiendo someterlos a la aprobación del Consejo General, a través de la Junta General. |
|
|
V. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 166, determina el procedimiento para la integración de las Mesas Directivas de Casilla y asimismo establece la facultad del Consejo General para aprobar el Programa de Capacitación y los materiales didácticos que deben utilizar las Juntas Distritales Electorales, en la impartición de los cursos de capacitación de los ciudadanos que resulten insaculados y que cumplan con los requisitos que les exige el Código Electoral del Estado de México para integrar las Mesas Directivas de Casilla.
|
|
|
VI. |
Que la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria de fecha catorce de noviembre de dos mil ocho, mediante Acuerdo número 3 (tres), aprobó en lo general, el Proyecto de Programa de Capacitación para el Proceso Electoral 2009 y sus anexos, así como los materiales didácticos, estos últimos con las previsiones que a continuación se mencionan:
Respecto de los materiales didácticos denominados “Cuaderno de Capacitación para el personal electoral”, folleto “El ciudadano, elemento fundamental de la democracia en la mesa directiva de casilla”, “Rotafolio”, “Guía didáctica para el funcionario de mesa directiva de casilla”, “Manual de sustitución de funcionarios de mesas directivas de casilla”, “Tutor electoral”, “Áreas de responsabilidad”, “Volumétricos” y material de apoyo para el capacitador, puntualizó que son susceptibles de modificación dependiendo de los términos en que se apruebe el Anexo Técnico número uno del Anteproyecto del Convenio de Apoyo y Colaboración que celebrarán el Instituto Federal Electoral y el Instituto Electoral del Estado de México, por la injerencia directa que dicho Anexo Técnico tiene sobre los mismos.
De igual forma, respecto de los materiales didácticos denominados “Vídeo interactivo de Capacitación” (Módulo Sexto) y “Cuaderno de ejercicios para el funcionario de mesa directiva de casilla”, precisó que serán motivo de modificación a partir de la aprobación de la documentación electoral, por parte del Consejo General.
En relación al “Volante de apoyo”, estableció que su impresión queda sujeta a la aprobación del presupuesto definitivo de este Instituto para el ejercicio 2009, por parte de la LVI Legislatura Local.
|
|
|
VII. |
Que la Junta General mediante Acuerdo número JG/23/2008 (JG/veintitrés/dos mil ocho), en sesión extraordinaria de fecha veintiuno de noviembre de dos mil ocho, conoció y aprobó en lo general, el Programa de Capacitación para el Proceso Electoral 2009 y sus anexos, así como los materiales didácticos con las previsiones aprobadas por la Comisión de Organización y Capacitación mencionadas en el Considerando anterior. |
|
|
VIII. |
Que este Consejo General considera que el Programa de Capacitación para el Proceso Electoral 2009 y sus anexos, reúnen los requisitos legales y formales que se requieren para la capacitación de quienes habrán de integrar las Mesas Directivas de Casilla en la jornada electoral del proceso electoral 2009, por lo que estima procedente aprobarlos en sus términos. |
|
|
IX. |
Que este Órgano Superior de Dirección, estima procedentes las previsiones con las que la Comisión de Organización y Capacitación y la Junta General aprobaron los materiales didácticos, por lo que estos habrán de aprobarse en definitiva por el Consejo General, una vez que se apruebe tanto el Anexo Técnico número uno del Anteproyecto del Convenio de Apoyo y Colaboración que celebrará este Instituto con el Instituto Federal Electoral, como la documentación electoral a utilizarse en el proceso electoral 2009, así como el presupuesto definitivo para el ejercicio 2009, por parte de la LVI Legislatura Local según corresponda, conforme a las previsiones mencionadas en el Considerando VI del presente Acuerdo. |
|
|
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo General aprueba en todos sus términos el Programa de Capacitación Electoral para el Proceso Electoral 2009 y sus anexos, que se adjuntan al presente Acuerdo como parte del mismo.
SEGUNDO.-
Los materiales didácticos serán aprobados en definitiva por el Consejo General, una vez que se haya aprobado el Anexo Técnico número uno del Anteproyecto del Convenio de Apoyo y Colaboración que celebrarán el Instituto Federal Electoral y el Instituto Electoral del Estado de México, la documentación electoral a utilizarse en el proceso electoral 2009, así como el presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el ejercicio 2009, por parte de la LVI Legislatura Local, según corresponda, atento a las previsiones señaladas en el Considerando VI del presente Acuerdo.
TERCERO.- El Secretario Ejecutivo General instruirá a la Dirección de Capacitación para que coordine y vigile el Programa de Capacitación para el Proceso Electoral 2009.
CUARTO.- Se instruye al Secretario Ejecutivo General para que una vez que se instalen los Órganos Desconcentrados del Instituto en los plazos que establece el Código Electoral del Estado de México, haga de su conocimiento el presente acuerdo y sus anexos, para su aplicación en la capacitación de los ciudadanos que resulten insaculados para integrar las Mesas Directivas de Casilla en el Proceso Electoral 2009.
TRANSITORIO
UNICO.-
Publíquese el presente Acuerdo y sus anexos en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”.
Toluca, México, a ocho de diciembre de dos mil ocho.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. NORBERTO HERNÁNDEZ BAUTISTA
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
|