El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día treinta de enero del año dos mil nueve, se sirvió aprobar el siguiente:

Acuerdo N° CG/16/2009
Sustitución del Vocal de Capacitación de la Junta Distrital XXXII, para el Proceso Electoral 2009.

CONSIDERANDO

   
I.

Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 primer párrafo, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.

   
II.

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 95, fracciones V y VII, del Código Electoral del Estado de México, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, cuenta con la atribución de designar a los vocales de las juntas distritales y municipales así como de acordar lo conducente para la integración, instalación, funcionamiento y suspensión de actividades de los órganos desconcentrados del Instituto.

   
III.
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 99 fracción IV, del Código Electoral del Estado de México, es atribución de la Junta General proponer conjuntamente con la Comisión del Servicio Electoral Profesional, al Consejo General, a los candidatos a vocales de las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas.
   
IV.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria celebrada el día diecinueve de enero del año dos mil nueve, designó mediante Acuerdo número CG/02/2009 (CG/dos/dos mil nueve), a los Vocales de las Juntas Distritales para el proceso electoral 2009.
   
V.
Que a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de enero del año dos mil nueve, el ciudadano Maximino De Nova Rosas, quien, conforme al Acuerdo referido en el Considerando anterior, fue designado Vocal de Capacitación de la Junta Distrital XXXII con cabecera en el municipio de Nezahualcoyotl, Estado de México, presentó vía Oficialía de Partes, renuncia a dicho cargo.
   
VI.
Que con motivo de la renuncia referida, y ante la urgencia que la sustitución requiere por la naturaleza de la Vocalía que quedó vacante, el Director del Servicio Electoral Profesional, sometió a consideración de la Junta General como propuesta de la sustitución correspondiente, a la C. Rosario Leticia Villafañe Zaragoza, quien cumplió con todas las etapas del proceso de selección de aspirantes a Vocales y que se encuentra incluida en el listado de calificaciones de aspirantes a vocales que fuera presentado a la Comisión del Servicio Electoral Profesional en fecha doce de enero del año en curso, mismo que al excluir a los Vocales designados se considera como lista de reserva.
 
VII.
Que el Estatuto del Servicio Electoral Profesional vigente hasta que concluya el proceso electoral 2009, establece en el artículo 41, fracción I, que se considerará la renuncia, como causa de perdida del nombramiento y baja del Servicio.
 
VIII.
Que la Junta General, en sesión extraordinaria celebrada en fecha treinta de enero del año dos mil nueve, mediante Acuerdo número JG/10/2009, consideró que la ciudadana. Rosario Leticia Villafañe Zaragoza reúne los requisitos exigidos tanto por el Estatuto del Servicio Electoral Profesional aplicable al proceso electoral 2009, como por las Adecuaciones al Programa General del Servicio Electoral Profesional dos mil ocho-dos mil nueve para Órganos Desconcentrados, por lo que remitió tal propuesta de sustitución al Consejo General para que, de estimarlo procedente, realice la designación correspondiente.
 
IX.
Que en virtud de los señalado en los Considerandos anteriores, este Consejo General aprueba la propuesta de sustitución del Vocal de Capacitación de la Junta Distrital XXXII, para el proceso electoral 2009, que le presenta la Junta General, procediendo a realizar la designación correspondiente.
 

En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General aprueba la propuesta de sustitución del Vocal de Capacitación de la Junta Distrital XXXII con cabecera en el municipio de Nezahualcoyotl, Estado de México, en los siguientes términos:

JUNTA DISTRITAL

CARGO

SERVIDOR QUE RENUNCIA

VOCAL SUSTITUTO

XXXII

Vocal de Capacitación

Maximino de Nova Rosas

Rosario Leticia Villafañe Zaragoza

SEGUNDO.- El Consejero Presidente y el Secretario Ejecutivo General del Instituto Electoral del Estado de México expedirán el nombramiento correspondiente.

TERCERO.- Se instruye a la Secretaría Ejecutiva General para que, por conducto de la Dirección del Servicio Electoral Profesional, notifique a la ciudadana Rosario Leticia Villafañe Zaragoza, la designación aprobada por el presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”.

SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

Toluca, México, a treinta de enero de dos mil nueve.

 

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

LIC. NORBERTO HERNÁNDEZ BAUTISTA

 

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL