El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día diecisiete de abril del año dos mil nueve, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° CG/50/2009
Designación de Consejeros Electorales Suplentes del Consejo Distrital XIX con cabecera en Cuautitlán, así como de los Consejos Municipales 63 de Ocoyoacac y 85 de Temascalapa, Estado de México, con motivo de la renuncia de diversos Consejeros Suplentes, nombrados por el Consejo General mediante Acuerdos números CG/11/2009 y CG/17/2009.

CONSIDERANDO

   
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II.
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 95 fracciones VI y VII, del Código Electoral del Estado de México, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, cuenta con la atribución de designar a los Consejeros Distritales y Municipales de entre las propuestas de al menos el doble que al efecto realice la Junta General, destacándose que por cada Consejero habrá un suplente; así como de acordar lo conducente para la integración, instalación, funcionamiento y suspensión de actividades de los órganos desconcentrados del Instituto.
   
III.
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 99 fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, es atribución de la Junta General proponer al Consejo General, candidatos a Consejeros Electorales de los Consejos Distritales y Consejos Municipales Electorales.
   
IV.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, designó mediante Acuerdos números CG/11/2009 (CG/once/dos mil nueve) y CG/17/2009 (CG/diecisiete/dos mil nueve), a los Consejeros Electorales de los Consejos Distritales y de los Consejos Municipales respectivamente, para el proceso electoral 2009.
   
V.
Que el día diez de marzo del año en curso, fue recibida la renuncia de la ciudadana Maribel Palacios Lugardo, quien había sido designada conforme al referido Acuerdo CG/11/2009 (CG/once/dos mil nueve), como Consejero Electoral Suplente de la fórmula cuatro del Consejo Distrital XIX con cabecera en Cuautitlán, Estado de México.
   
VI.
Que en fechas catorce, dieciocho y veintiocho de marzo del año en curso, fueron recibidas las renuncias de los ciudadanos Alejandro Sánchez Miranda, Yolanda Sánchez Hernández y Georgina Rojo García respectivamente, quienes habían sido designados conforme al mencionado Acuerdo CG/17/2009 (CG/diecisiete/dos mil nueve), como Consejeros Electorales Suplentes de las fórmulas cuatro, seis y dos de los Consejos Municipales Electorales números 85 de Temascalapa (en el caso de los ciudadanos mencionados en primer y segundo lugar) y 63 de Ocoyoacac, Estado de México.
   
VII.
Que con motivo de las renuncias anteriormente mencionadas, el Director de Organización presentó a la Junta General, en sesión extraordinaria celebrada el día diecisiete de abril del año en curso, las propuestas “A” y “B”, para ocupar los cargos de Consejeros Electorales Distrital y Municipales Suplentes que quedaron vacantes y que se integran con ciudadanos que se encuentran inscritos en las Listas Definitivas de Candidatos a Consejeros Electorales de los Consejos Distritales 2009 y en las Listas Definitivas de Candidatos a Consejeros Electorales de los Consejos Municipales 2009, previamente aprobadas por la propia Junta General, en sesiones ordinarias celebradas los días dieciocho de diciembre del año dos mil ocho y diez de febrero del año dos mil nueve, respectivamente. Las referidas propuestas “A” y “B”, fueron aprobadas por la Junta General mediante Acuerdo número JG/28/2009 (JG/veintiocho/dos mil nueve), y remitidas al Órgano Superior de Dirección para realizar las designaciones correspondientes.
 
VIII.

Que en razón de lo anterior y tomando en cuenta que el artículo 95, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México ordena categóricamente que por cada consejero propietario habrá un suplente, resulta necesario designar nuevos Consejeros Suplentes en las referidas fórmulas de los Consejos Distrital y Municipales señalados. En tal virtud y toda vez que cumplen con los requisitos previstos por los artículos 114 y 123, en relación con el 88, del Código Electoral del Estado de México, este Consejo General aprueba la propuesta “A” de la Junta General, de Consejeros Electorales Suplentes de los Consejos Distrital y Municipales ya mencionados, y en consecuencia es procedente realizar su designación correspondiente.

 

En razón de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General designa como Consejeros Electorales Suplentes del Consejo Distrital XIX con cabecera en Cuautitlán, así como de los Consejos Municipales 63 de Ocoyoacac y 85 de Temascalapa, Estado de México, a los ciudadanos que se enlistan en el documento adjunto al presente Acuerdo y que forma parte del mismo.

SEGUNDO.- El Consejero Presidente del Consejo General y el Secretario Ejecutivo General del Instituto Electoral del Estado de México, expedirán los nombramientos a los consejeros electorales designados en el Punto Primero de este Acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”.

SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría Ejecutiva General para que, por conducto de la Dirección de Organización, notifique a los ciudadanos designados, lo aprobado por este Acuerdo.

TERCERO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

Toluca, México, a diecisiete de abril de dos mil nueve.

 

 

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

LIC. NORBERTO HERNÁNDEZ BAUTISTA

 

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL