INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MEXICO
CONSEJO GENERAL

Sesión Extraordinaria del día veintidós de mayo del año dos mil nueve.

ACUERDO N°. CG/83/2009

Volumétricos de Información General.

Visto el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y

CONSIDERANDO

 
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11, párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78, primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II.

Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 81 fracciones IV y V, establece que son fines del Instituto Electoral del Estado de México garantizar la celebración periodica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del Poder Legislativo, del Titular del Poder Ejecutivo y los integrantes de los ayuntamientos; así como promover el voto y velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.

 
III.

Que el Código Electoral de la Entidad, en el artículo 82 párrafo primero, dispone que las actividades del Instituto Electoral del Estado de México se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo.

 
IV.
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 107 fracción III, atribuye a la Dirección de Capacitación diseñar, elaborar e integrar el material didáctico y los instructivos electorales, debiendo éstos someterse a la aprobación del Consejo General a través de laJunta General.
 
V.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, ensesión ordinaria celebrada el día diecinueve de enero del año dos mil nueve, medianteAcuerdo número CG/04/2009 (CG/cuatro/dos mil nueve), aprobó el Material Didáctico del Programa de Capacitación Electoral para el Proceso Electoral 2009.
 
VI.

Que la Comisión de Organización y Capacitación, en sesión extraordinaria celebrada el día quince de mayo del año en curso y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1.43 fracción VIII del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprobó mediante Acuerdo número 13 la “Propuesta de Volumétricos de Información General”, propuesta que fue remitida a la consideración de la Junta General.

 
VII.

Que Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, una vez que conoció y analizó la referida “Propuesta de Volumétricos de Información General”, en términos de lo dispuesto por el artículo 107 fracción III del Código Electoral del Estado de México, por Acuerdo número JG/40/2009 (JG/cuarenta/dos mil nueve) de fecha diecinueve de mayo del año dos mil nueve, estimó procedente aprobarla y remitirla al Consejo General para su aprobación definitiva.

 
VIII.

Que este Consejo General, al analizar la “Propuesta de Volumétricos de Información General” puesta a su consideración, estima que los referidos volumétricos constituyen un elemento didáctico que será de gran utilidad a los funcionarios que integrarán las mesas directivas de casilla durante la jornada electoral del 5 de julio del año 2009, razón por la cual los aprueba en forma definitiva.

 

Por lo anteriormente expuesto, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México expide el siguiente:

 

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General aprueba los Volumétricos de Información General anexos al presente Acuerdo.

SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría Ejecutiva General, provea lo necesario para que los volumétricos aprobados sean entregados junto con la documentación y material electoral que habrá de hacerse llegar a los Presidentes de las Mesas Directivas de Casilla.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”.

SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

Aprobado por unanimidad de votos y firmándose para constancia legal conforme a lo dispuesto por los artículos 97 fracción IX y 102 fracción XXXI del Código Electoral del Estado de México y 7 inciso n) del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

Toluca, México, a veintidós de mayo del año dos mil nueve.

 

 

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

 

 LIC. NORBERTO HERNÁNDEZ BAUTISTA

 

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL