El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su Sesión Extraordinaria Especial del día veintiseis de junio del año dos mil nueve, se sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° CG/124/2009
Procedimiento para la Recuperación de Material Electoral del Proceso Electoral 2009.
CONSIDERANDO
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11, párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78, primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México. |
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II. |
Que el artículo 81, fracción IV, del Código Electoral del Estado de México, señala que el Instituto Electoral del Estado de México, tiene entre otros fines, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del Poder Legislativo, del Titular del Poder Ejecutivo y los integrantes de los Ayuntamientos.
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III. |
Que el artículo 82 párrafo primero del Código Electoral de la Entidad, prevé que las actividades del Instituto Electoral del Estado de México se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo. |
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IV. |
Que el artículo 93, fracción I, inciso a), del Código Electoral del Estado de México, establece que el Consejo General integrará las comisiones que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, entre las que se encuentra la Comisión de Organización y Capacitación; misma que fue integrada por el Órgano Superior de Dirección mediante Acuerdo númeroCG/01/2009 (CG/uno/dos mil nueve), de fechadiecinueve de enero de dos mil nueve. |
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V. |
Que el artículo 99, fracción I, del Código Electoral del Estado de México, atribuye a la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, proponer al Consejo General las políticas generales, los programas y los procedimientos administrativos del Instituto. |
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VI. |
Que el Consejo General en su sesión extraordinaria del veintisiete de marzo de dos mil nueve, aprobó mediante acuerdo número CG/35/2009 (CG/treinta y cinco/dos mil nueve), el Diseño del Material Electoral para el Proceso Electoral 2009, de los cuales algunos son susceptibles de reutilizar en actividades propias del Instituto, y en su caso, en futuros procesos electorales. |
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VII. |
Que la Comisión de Organización y Capacitación, en su sesión extraordinaria celebrada el día tres de junio de dos mil nueve, aprobó mediante Acuerdo número 19 (diecinueve) la “Propuesta del Procedimiento para Recuperación del Material Electoral para el Proceso Electoral 2009”. |
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VIII. |
Que mediante oficio número IEEM/COC/ST/0092/2009 de fecha dieciocho de junio de dos mil nueve, la Secretaría Técnica de la Comisión de Organización y Capacitación, remitió a la Secretaria Ejecutiva General de este Instituto, la propuesta que se menciona en el Considerando anterior a efecto de que se someta al conocimiento de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México para su análisis, discusión, aprobación y posterior remisión al Consejo General de este Instituto. |
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IX. |
Que la Junta General, en sesión ordinaria de fecha veintiséis de junio del presente año, aprobó a través del Acuerdo número JG/54/2009 (JG/cincuenta y cuatro/dos mil nueve), la “Propuesta del Procedimiento para Recuperación del Material Electoral para el Proceso Electoral 2009”, y ordenó su remisión al Órgano Superior de Dirección de este Instituto Electoral, para su aprobación definitiva.
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X. |
Que de la lectura de la propuesta referida en el Considerando anterior, se advierte que la misma tiene los siguientes objetivos:
a).- Recuperar el mayor número de material utilizado en el proceso electoral 2009 para habilitarlo y reutilizarlo en los procesos electorales subsecuentes;
b).- Dotar a los servidores electorales de los órganos desconcentrados de un procedimiento sencillo y eficaz que permita recuperar las marcadoras, urnas, mamparas, bases tipo tijera para mampara, bases y charola para urna, útiles de oficina y tinta indeleble, utilizados en el proceso electoral del 5 de julio de 2009;
c).- Dar a conocer a los funcionarios de mesas directivas de casilla que el material electoral es reutilizable, y que deberán ser cuidadas sus condiciones de uso, resguardándolo y regresándolo al órgano electoral de acuerdo a los lineamientos establecidos, para su habilitación y reutilización posterior;
d).- Recuperar el material susceptible de desactivación y destino final como lo es la tinta indeleble; y
e).- Reciclar el material de cartón a efecto de darle un mejor uso mediante donación a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (CONALITEG).
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XI. |
Que el Consejo General, una vez que conoció y analizó la propuesta de mérito y los objetivos que plantea el procedimiento en cuestión,considera procedente su aprobación definitiva a efecto de que su implementación permita al Instituto Electoral del Estado de México recuperar el material electoral que se utilice en el actual proceso electoral para reutilizarlo, en la medida de lo posible, en próximos procesos comiciales que redituarán en ahorros a este Instituto o bien reciclarlos para su donación.
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En mérito de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, expide el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.-Se aprueba el Procedimiento para Recuperación del Material Electoral para el Proceso Electoral 2009, conforme al documento anexo al presente Acuerdo, el cual forma parte del mismo. TRANSITORIOS
PRIMERO.-Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO.-El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Aprobado por unanimidad de votos y firmándose para constancia legal conforme a lo dispuesto por los artículos 97 fracción IX y 102 fracción XXXI del Código Electoral del Estado de México y 7 inciso n) del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Toluca, México a veintiséis de junio del año dos mil nueve.
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"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. NORBERTO HERNÁNDEZ BAUTISTA
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
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