INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
Sesión Ordinaria del día treinta de abril del año dos mil diez
ACUERDO N° IEEM/CG/13/2010
Por el que se Aprueba la donación del cartón corrugado de desecho utilizado en la elección de Diputados y Ayuntamientos 2009, así como documentación diversa en desuso, a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (CONALITEG), para su destrucción y reciclaje.
Visto el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11, párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78, primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
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II. |
Que el Código Electoral del Estado de México, señala en su artículo 85, que el Consejo General es el órgano superior de dirección del Instituto Electoral del Estado de México, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, de promover la cultura política democrática, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo guíen todas las actividades del Instituto.
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III. |
Que la fracción XXIX del artículo 95, del Código Electoral del Estado de México, señala que el Consejo General tiene entre otras atribuciones, la de aprobar las políticas generales, los programas y los procedimientos administrativos del Instituto que proponga la Junta General.
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IV. |
Que una vez que concluyó el proceso electoral dos mil nueve, por el que se eligieron Diputados a la H. LVII Legislatura Local, así como miembros de los Ayuntamientos del Estado de México, este Instituto Electoral concentró en su bodega el material de cartón corrugado utilizado en dicho proceso electoral, el cual ya no reúne las condiciones idóneas de uso ni es susceptible de rehabilitarse, así como documentación diversa en desuso. |
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V. |
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, integra dentro de su tercer eje denominado “Igualdad de oportunidades” el punto 3.3 “Transformación educativa”, pretende se asegure, preserve y desarrolle las políticas de un sistema educativo nacional eficiente, sustentable y de calidad al que tengan acceso todos los mexicanos, y en su cuarto eje rector, se privilegia la “Sustentabilidad Ambiental” con el objeto de sumar esfuerzos mediante la educación y cultura ambiental, para preservar la biodiversidad a fin de asegurar a las generaciones futuras tierra, aire, agua, ecosistemas naturales y sus componentes, flora y fauna. |
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VI. |
Que en fecha catorce de diciembre de dos mil cuatro, la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (CONALITEG), puso en marcha el programa “Recicla para Leer”, cuyo objeto es motivar la participación entusiasta de todos los sectores de la sociedad para convertir el papel y el cartón de desecho en libros de texto y material educativo. |
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VII. |
Que la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México en su sesión ordinaria del día treinta y uno de marzo del dos mil diez, conoció, analizó y aprobó mediante Acuerdo número IEEM/JG/10/2010 (IEEM/JG/diez/dos mil diez), la “Propuesta de Donación del Cartón Corrugado de Desecho Utilizado en la Elección de Diputados y Ayuntamientos 2009, así como Documentación Diversa en Desuso, a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (CONALITEG), para su Destrucción y Reciclaje”, que le fue puesta a su consideración por la Dirección de Organización, propuesta que una vez que fue aprobada fue remitida a este Órgano Superior de Dirección, por conducto de la Secretaría Ejecutiva General, para su conocimiento, discusión y aprobación definitiva de ser el caso. |
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VIII. |
Que en términos de los Considerandos anteriores, una vez que el Consejo General de este Instituto conoció y analizó la propuesta de la Junta General, relativa a la donación del cartón corrugado de desecho utilizado en la elección de Diputados y Ayuntamientos 2009, así como documentación diversa en desuso, a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (CONALITEG), para su destrucción y reciclaje, estima procedente aprobarla en definitiva, toda vez que el material y documentación anteriormente mencionados, ya no reúne las condiciones idóneas de uso, aunado a que este tipo de material no permite su reutilización, pues no se puede borrar las identificaciones de la elección a la que se hace referencia, lo cual permite además la participación de este Instituto Electoral en el Programa referido en el Considerando VI del presente Acuerdo. |
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En razón de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, expide el siguiente:
PRIMERO.- Se aprueba en definitiva la donación del cartón corrugado de desecho utilizado en la elección de Diputados y Ayuntamientos 2009, así como documentación diversa en desuso, a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (CONALITEG), para su destrucción y reciclaje, en los términos precisados en el documento que se adjunta al presente Acuerdo.
SEGUNDO.- Se autoriza al Consejero Presidente y al Secretario Ejecutivo General del Instituto Electoral del Estado de México, celebren con la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito (CONALITEG), el respectivo Convenio de Donación.
TERCERO.- La Secretaría Ejecutiva General, por conducto de la Dirección de Organización, proveerá lo necesario para que la entrega del material y documentación referidos en el Punto Primero de este Acuerdo, sean entregados a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito (CONALITEG), en los términos que se precisan en el documento anexo.
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Aprobado por unanimidad de votos y firmándose para constancia legal conforme a lo dispuesto por los artículos 97 fracción IX y 102 fracción XXXI del Código Electoral del Estado de México y 7 inciso n) del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Toluca, México a treinta de abril del año dos mil diez
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
M. EN D. JESUS CASTILLO SANDOVAL
(RÚBRICA)
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