INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

CONSEJO GENERAL

Sesión Ordinaria del día primero de octubre del año dos mil diez

ACUERDO N°. IEEM/CG/38/2010

Integración de la Comisión Especial para la Actualización de la Normatividad del  Instituto Electoral del Estado de México.

Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y

C O N S I D E R A N D O

   
I. Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11, párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78, primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II. Que el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 79, párrafo primero, prevé que el Instituto Electoral del Estado de México se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código.
   
III. Que de conformidad con los artículos 93, párrafos primero y segundo, del Código Electoral del Estado de México, y 1.4 del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el Consejo General integrará las comisiones que considere necesarias para el desempeño de sus atribuciones, las que serán integradas por tres consejeros designados por el Consejo General con voz y voto, por los representantes de los partidos y coaliciones con voz, y un secretario técnico que será designado por el Consejo General en función de la Comisión de que se trate.
   
IV. Que en términos de los artículos 93 fracción II, del Código Electoral del Estado de México y 1.3 fracción II, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, las comisiones especiales serán aquellas que se conformarán para atender actividades sustantivas del Instituto que por su especial naturaleza, no tienen el carácter de permanente, debiéndose establecer en el acuerdo de su integración los motivos de creación, objetivos y tiempos de funcionamiento.
   
V. Que a efecto de actualizar la Normatividad del Instituto Electoral del Estado de México conforme a las reformas constitucionales y legales en materia electoral que fueron aprobadas por la H. “LVII” Legislatura del Estado mediante decretos números 164 y 165 las primeras y 171, 172, 173, 174, 175 y 176 las segundas, publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno” en fechas veintiuno y veinticinco de septiembre del año en curso respectivamente, así como a las necesidades operativas del propio Instituto, este Órgano Superior de Dirección estima procedente integrar la Comisión Especial para la Actualización de la Normatividad del Instituto Electoral del Estado de México, para que se inicien los trabajos tendientes a alcanzar tal fin.

Tal Comisión, deberá conocer y analizar la Normatividad de este Instituto que no corresponda su revisión a otra Comisión; asimismo dará seguimiento a los avances de la actualización de toda la Normatividad del propio Instituto.

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 3, párrafo primero, 85, 92 párrafos cuarto y séptimo y 94 del Código Electoral del Estado de México y 6 incisos a) y e), 49, 52 párrafo primero, 56 y 57 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

   
ACUERDO

ÚNICO.- Se integra la Comisión Especial para la Actualización de la Normatividad del Instituto Electoral del Estado de México, en los siguientes términos:

Integrantes:

Presidente: Consejero Electoral Lic. Juan Carlos Villarreal Martínez.
Consejeros Electorales:   M. en D. Jesús Jardón Nava
M. en D. Abel Aguilar Sánchez
Un representante de cada partido político y coalición, en su caso, acreditados ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Secretario Técnico: Titular de la Dirección Jurídico-Consultiva.

Motivo de creación:

Necesidad de contar con una Normatividad acorde a las reformas constitucionales y legales que en materia electoral fueron aprobadas por la H. “LVII” Legislatura Local, así como a las actuales necesidades operativas del Instituto.

Objetivos:

Adecuar la Normatividad del Instituto Electoral del Estado de México a las reformas constitucionales y legales en materia electoral aprobadas por la H. “LVII” Legislatura del Estado; analizar la Normatividad del Instituto Electoral del Estado de México, cuyo estudio no corresponda a otra Comisión y someter al Órgano Superior de Dirección para su aprobación, reformas o adiciones de la Normatividad que así lo requiera; dar seguimiento a los avances de la actualización de toda la Normatividad del propio Instituto; así como realizar las reuniones de trabajo y sesiones necesarias en el marco del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, a fin de llevar a cabo el análisis y la discusión correspondiente para la actualización de la Normatividad a su cargo.

Tiempo de funcionamiento:

Iniciará sus funciones desde el momento de la aprobación del Acuerdo para su integración por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México y concluirá sus actividades una vez finalizada la actualización de la Normatividad sujeta a actualización.

TRANSITORIOS

ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la pagina web del Instituto Electoral del Estado de México.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en Sesión Ordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día primero de octubre de dos mil diez y firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 97, fracción IX y 102, fracción XXXI, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n), del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL 

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL

 

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL