INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
Sesión Extraordinaria del día treinta y uno de diciembre del año dos mil diez
ACUERDO N°. IEEM/CG/66/2010
Por el que se aprueba el Diseño de la Documentación Electoral para el Proceso Electoral 2011.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y
R E S U L T A N D O |
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1. |
Que en sesión extraordinaria de fecha doce de agosto del año dos mil nueve, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprobó mediante Acuerdo número CG/154/2009, el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2010, cuyas adecuaciones fueron aprobadas por el propio Órgano Superior de Dirección a través de los Acuerdos IEEM/CG/03/2010 e IEEM/CG/26/2010, de fechas veintiocho de enero y veintiocho de junio de dos mil diez, respectivamente. |
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2. |
Que el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2010, en su Línea de Acción 3 denominada “Programa de Organización Electoral”, Proyecto específico 1 “Documentación y Material Electoral”, establece la actividad identificada con el número 7, relativa a elaborar la propuesta de diseño de la documentación electoral para el Proceso Electoral 2011, a cargo de la Dirección de Organización. |
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3. |
Que la Dirección de Organización del Instituto Electoral del Estado de México, en el ámbito de sus atribuciones elaboró la “Propuesta de Diseño de la Documentación Electoral para el Proceso Electoral 2011”. |
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4. |
Que la H. “LVII” Legislatura del Estado, expidió en fecha tres de diciembre del año en curso, el decreto número 234, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno” en la misma fecha, en donde convocó a los Ciudadanos del Estado de México y a los Partidos Políticos con derecho a participar, en la elección ordinaria para elegir al Gobernador Constitucional de la Entidad, para el período comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil once al quince de septiembre de dos mil diecisiete. |
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5. |
Que la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria del día veintiocho de diciembre del presente año, aprobó la propuesta referida en el Resultando 3 del presente, con las modificaciones que estimó pertinentes, a través del Acuerdo número 6, ordenando remitirla al Consejo General a través de la Secretaría Ejecutiva General, para su aprobación definitiva. |
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6. |
Que mediante oficio número IEEM/COC/ST/0150/2010, de fecha veintiocho de diciembre del año en curso, el Secretario Técnico de la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, remitió a la Secretaría Ejecutiva General la propuesta mencionada en el Resultando que antecede, a efecto de que por su conducto fuera sometida a la consideración de este Órgano Superior de Dirección para su conocimiento y aprobación definitiva, de ser el caso; y |
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C O N S I D E R A N D O |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México. |
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II. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 79, párrafo primero, dispone que el Instituto Electoral del Estado de México se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código. |
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III. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 81 fracciones IV y V refiere, entre otros fines del Instituto, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes del Poder Legislativo, del Titular del Poder Ejecutivo y los integrantes de los Ayuntamientos; y velar por la autenticidad y efectividad del sufragio. |
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IV. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 85, prevé que el Consejo General del Instituto es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, de promover la cultura política democrática, así como velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo guíen todas las actividades del instituto. |
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V. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 95, fracción XIV, atribuye al Consejo General de este Instituto aprobar el modelo de las actas de la jornada electoral y los formatos de la documentación electoral. |
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VI. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 106, fracción II, dispone quela Dirección de Organización tiene entre otras atribuciones, elaborar los formatos de la documentación electoral para someterlos, por conducto de la Secretaría Ejecutiva General, a la aprobación del Consejo General. |
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VII. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 184, precisa que para la emisión del voto, se imprimirán las boletas electorales para cada elección, las que se harán conforme al modelo que apruebe el Consejo General, el cual, para tal fin, tomará las medidas que estime pertinentes. |
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VIII. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 185 dispone que las boletas electorales contendrán: I. Distrito o Municipio, sección electoral y fecha de la elección; II. Cargo para el que se postula al candidato o candidatos; III. El color o combinación de colores y emblema que cada partido político o coalición tenga registrado, en el orden que le corresponda de acuerdo a la antigüedad de su registro como partido. En el caso de una coalición se tomará como base el registro del partido más antiguo que la integre; IV. Nombre y apellidos del candidato o los candidatos respectivos; V. En el caso de la elección de ayuntamientos, un solo círculo para la planilla de propietarios y suplentes, postulados por cada partido político o coalición; VI. Para la elección de diputados por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, se utilizará boleta única, que contendrá un solo círculo para cada partido político o coalición, así como, respectivamente, la fórmula de candidatos y la lista plurinominal; VII. En el caso de la elección de Gobernador, un solo círculo para cada candidato; VIII. Un espacio para asentar los nombres de los candidatos no registrados; y IX. Sello y firmas impresas del Presidente y del Secretario del Consejo General del Instituto.
Asimismo, en su segundo párrafo, el dispositivo legal en cita señala que las boletas estarán adheridas a un talón desprendible con folio. |
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IX. |
Que el Código Electoral del Estado de México en el artículo 189, dispone que las actas en las que se asiente lo relativo a la instalación; cierre de votación, escrutinio y cómputo, así como la integración y remisión del paquete electoral del proceso, serán elaboradas conforme al formato que apruebe el Consejo General. |
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X. |
Que el Libro Primero del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en el artículo 1.43 fracción XII, confiere a la Comisión
de Organización y Capacitación, la atribución de conocer, analizar,
discutir y aprobar los formatos de boletas electorales y documentación electoral, así como las características de los materiales electorales elaborados por la Dirección de Organización, para la aprobación definitiva del Consejo General, por conducto del Secretario Ejecutivo General.
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XI. |
Que la propuesta de Diseño de la Documentación Electoral para el Proceso Electoral 2011, se integra por: Boletas y Actas: 1) Boleta Electoral; 2) Acta de la Jornada Electoral; 3) Acta de la Jornada Electoral para Casilla Especial; 4) Acta de Escrutinio y Cómputo; 5) Acta de Escrutinio y Cómputo para Casilla Especial; 6) Constancia de Clausura de la Casilla y Remisión del Paquete Electoral al Consejo Distrital; 7) Acta de Cómputo Distrital; 8) Acta de Cómputo Final; y 9) Acta de Electores en Tránsito para Casilla Especial. Documentación auxiliar: 10) Constancia de Mayoría; 11) Relación de los Representantesde los Partidos Políticos ante la Mesa Directiva de Casilla; 12) Relación de los Representantes Generales de los Partidos Políticos; 13) Hoja de Incidentes; 14) Hoja para hacer las Operaciones de Cómputo de la Elección en la Casilla; 15) Hoja para hacer las Operaciones de Cómputo de la Elección de Casilla Especial; 16) Hoja de Resultados Preliminares del Cómputo Distrital; 17) Hoja de Resultados del Cómputo Distrital; 18) Recibo de Documentación y Material entregado al Presidente de la Mesa Directiva de Casilla; 19) Comprobante de Recepción de escritos de Incidentes y de Protesta; 20) Recibo de Copia Legible de las actas de casilla para los Representantes de los Partidos Políticos; 21) Recibo de Entrega-Recepción del Paquete Electoral; 22) Recibo de entrega del sobre PREP; 23) Lista de Candidatos; y 24) Hoja de Operaciones para el Escrutinio y Cómputo de la votación recibida en casilla, utilizada en el Consejo Distrital. |
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XII. |
Que la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su Acuerdo número 6 referido en el Resultando 5 del presente, al momento de aprobar la propuesta de diseño de la documentación electoral para el Proceso Electoral 2011, determinó considerar la posibilidad de modificación del diseño de la documentación electoral denominada: Boleta Electoral; Acta de la Jornada Electoral; Acta de la Jornada Electoral para Casilla Especial; Acta de Escrutinio yCómputo; Acta de Escrutinio y Cómputo para Casilla Especial; Acta de Cómputo Distrital; Acta de Cómputo Final; Hoja para hacer las Operaciones de Cómputo de la Elección en la Casilla; Hoja para hacer las Operaciones de Cómputo de la Elección en la Casilla Especial; Hoja de Resultados Preliminares del Cómputo Distrital; Hoja de Resultados del Cómputo Distrital; Lista de Candidatos; y Hoja de Operaciones para el Escrutinio y Cómputo de la votación recibida en casilla utilizada en el consejo distrital; en el supuesto de que se registren convenios de coalición entre los partidos políticos para la elección del 3 de julio de 2011. |
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XIII. |
Que este Órgano Superior de Dirección, una vez que conoció y analizó la “Propuesta del Diseño de la Documentación Electoral para el Proceso Electoral 2011”, puesta a su consideración por la Comisión de Organización y Capacitación; estima que el diseño de referencia reúne los requisitos formales y legales para su aprobación, en tal virtud,se pronuncia por su aprobación definitiva.
Asimismo, por lo que hace al diseño de la documentación electoral mencionada en el Considerando anterior, este Consejo General aprueba que, para el caso de que se registren coaliciones electorales para contender en el proceso electoral 2011, se realicen las modificaciones correspondientes,en razón a que de presentarse este supuesto, el diseño de la documentación electoral en cuestión, debe ajustarse para que se incluya en la misma, lo relativo a dichas coaliciones. |
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En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 3 párrafo primero, 85, 92 párrafos cuarto y séptimo y 94 del Código Electoral del Estado de México y 6 incisos a) y e), 49, 52 párrafo primero, 56 y 57 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:
PRIMERO.- Se aprueba el diseño del la Documentación Electoral para el Proceso Electoral 2011, conforme al anexo del presente Acuerdo y que forma parte del mismo.
SEGUNDO.- En el caso de que se registren coaliciones para contender en la elección del próximo 3 de julio de 2011, el diseño de la documentación electoral denominada: Boleta Electoral; Acta de la Jornada Electoral; Acta de la Jornada Electoral para Casilla Especial; Acta de Escrutinio yCómputo; Acta de Escrutinio y Cómputo para Casilla Especial; Acta de Cómputo Distrital; Acta de Cómputo Final; Hoja para hacer las Operaciones de Cómputo de la Elección en la Casilla; Hoja para hacer las Operaciones de Cómputo de la Elección en la Casilla Especial; Hoja de Resultados Preliminares del Cómputo Distrital; Hoja de Resultados del Cómputo Distrital; Lista de Candidatos; y Hoja de Operaciones para el Escrutinio y Cómputo de la votación recibida en casilla utilizada en el consejo distrital; deberá ser modificado para que se incluya en la misma lo relativo a la coalición o coaliciones que se registren.
TERCERO.- Se instruye al Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto Electoral del Estado de México, para que elabore, analice y apruebe la documentación preparatoria del procedimiento adquisitivo relacionado con la documentación electoral para el Proceso Electoral 2011, de conformidad a lo ordenado por el artículo 101, inciso i), de la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos del Instituto, con excepción del dictamen de adjudicación que será realizado por este Órgano Superior de Dirección, conforme a lo dispuesto por el artículo 4, inciso d), de la Normatividad referida .
CUARTO.-La Comisión de Organización y Capacitación, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 1.43 fracción XIII del Libro Primero del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, supervisará y vigilará la elaboración, impresión y distribución de la documentación electoral aprobada.
QUINTO.-La Dirección de Organización, de conformidad con el artículo 106, fracción III, del Código Electoral del Estado de México, deberá proveer lo necesario para la impresión y distribución de la documentación electoral que se aprueba.
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de México.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir de su aprobación en el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día treinta y uno de diciembre de dos mil diez y firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 97, fracción IX y 102, fracción XXXI, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n), del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL |