INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
Sesión Extraordinaria del día diecisiete de marzo del año dos mil once
ACUERDO N°. IEEM/CG/33/2011
Sustitución y Designación de Consejeros Electorales Distritales Suplentes, con motivo de la renuncia de diversos Consejeros Electorales Suplentes de Consejos Distritales Electorales, nombrados por el Consejo General mediante Acuerdos IEEM/CG/06/2011 e IEEM/CG/25/2011.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y
R E S U L T A N D O |
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1. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria especial celebrada en fecha veintisiete de enero del año en curso, designó mediante Acuerdo número IEEM/CG/06/2011, a los Consejeros Electorales de los Consejos Distritales para el Proceso Electoral de Gobernador 2011; Acuerdo cuyo Punto Tercero determinó que el Consejo General podrá sustituir en forma fundada y motivada a cualquiera de los Consejeros Electorales designados por dicho Acuerdo y designará a los sustitutos de entre el resto de los ciudadanos no insaculados por Distrito. |
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2. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria celebrada en fecha veintiocho de febrero del año en curso, a través del Acuerdo número IEEM/CG/25/2011, sustituyó y designó a nuevos Consejeros Electorales de Consejos Distritales Electorales, con motivo de la renuncia de diversos Consejeros Electorales, propietarios y suplentes, que habían sido nombrados mediante el Acuerdo referido en el Resultando anterior. |
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3. |
Que la Dirección de Organización, mediante oficio número IEEM/DO/0473/2011, de fecha cuatro de marzo de dos mil once, remitió a la Secretaria Ejecutiva General la relación de Consejeros Electorales Distritales suplentes que han presentado renuncia al cargo, así como la Lista depurada de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales no Insaculados en las sesiones de Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México de fechas veintisiete de enero y veintiocho de febrero del presente año, lo anterior a efecto de que la Junta General propusiera a este Órgano Superior de Dirección, a los candidatos para sustituir a quienes han renunciado, lo anterior en atención al Punto Tercero del Acuerdo IEEM/CG/25/2011. |
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4. |
Que la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria celebrada en fecha nueve de marzo del año dos mil once, aprobó mediante Acuerdo número IEEM/JG/24/2011, las propuestas de candidatos a Consejeros Electorales Distritales suplentes para sustituir a los ciudadanos cuyos nombres y cargos se mencionan en el referido Acuerdo, quienes renunciaron al cargo y ordenó que previo a que se remitieran dichas propuestas al Órgano Superior de Dirección, se enviaran a la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, para los efectos precisados en el artículo 1.43, fracción XX, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México. |
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5. |
Que mediante oficio número IEEM/COC/ST/0139/2011, de fecha catorce de marzo del año dos mil once, dirigido a la Secretaría Ejecutiva General, la Presidencia y la Secretaría Técnica de la Comisión de Organización y Capacitación, refieren que los integrantes de dicha Comisión, en sesión extraordinaria celebrada en la misma fecha, conocieron las propuestas referidas en el Resultando que antecede, a las cuales no realizaron observación alguna; por lo que se determinó que antes de que las propuestas en comento fueran presentadas al Órgano Superior de Dirección, las listas que contengan las propuestas de sustitución correspondientes deberán de mantenerse depuradas; y |
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C O N S I D E R A N D O |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 primer párrafo, así como el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 78 primer párrafo, prevén que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México. |
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II. |
Que en términos de la fracción IV, del artículo 81, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México, tiene entre sus fines, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar al Titular del Poder Ejecutivo. |
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III. |
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 95 fracciones VI y VII, del Código Electoral del Estado de México, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, cuenta con la atribución de designar a los consejeros distritales de entre las propuestas de al menos el doble que al efecto realice la Junta General, destacándose que por cada consejero habrá un suplente; así como de acordar lo conducente para la integración de los órganos desconcentrados del Instituto. |
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IV. |
Que en términos del artículo 1.43, fracción XX, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, corresponde a la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México proponer al Órgano Superior de Dirección la sustitución de Consejeros Electorales de los Consejos Distritales, que presente la Junta General. |
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V. |
Que los ciudadanos que a continuación se enlistan, habían sido designados como Consejeros Electorales suplentes para el proceso electoral de Gobernador 2011, de las fórmulas que igualmente se precisan, y que han presentado renuncia al cargo, en las fechas que del mismo modo se indican:
DISTRITO |
CABECERA |
FECHA EN QUE SE RECIBIÓ
LA RENUNCIA |
NOMBRE DEL CONSEJERO SUPLENTE QUE RENUNCIA |
CARGO |
I |
Toluca |
1 de marzo de 2011 |
Julio Alberto Sánchez García |
Consejero Suplente 3 |
IV |
Lerma |
16 de febrero de 2011 |
Julián Vázquez Vargas |
Consejero Suplente 3 |
V |
Tenango del Valle |
25 de febrero de 2011 |
Israel
Núñez Valencia |
Consejero Suplente 4 |
VII |
Tenancingo |
3 de marzo de 2011 |
Marcos Trujano Tome |
Consejero Suplente 4 |
3 de marzo de 2011 |
Eva del Rosario Embris Gutiérrez |
Consejero Suplente 6 |
XI |
Santo Tomas |
21 de febrero de 2011 |
Javier Carmona Pelayo |
Consejero Suplente 2 |
XIV |
Jilotepec |
3 de marzo de 2011 |
Nabor Noguez Mendoza |
Consejero Suplente 3 |
XVI |
Atizapán de Zaragoza |
2 de marzo de 2011 |
Francisco Gerardo Fajardo González |
Consejero Suplente 2 |
XIX |
Cuautitlán |
7 de marzo de 2011 |
Mauricio López Flores |
Consejero Suplente 5 |
XXI |
Ecatepec |
3 de marzo de 2011 |
Sofía Guadalupe Arellano Sánchez |
Consejero Suplente 5 |
XXIII |
Texcoco |
3 de marzo de 2011 |
Eva
Hernández Bautista |
Consejero Suplente 1 |
3 de marzo de 2011 |
Cecilia Pérez Hernández |
Consejero Suplente 2 |
XXIV |
Nezahualcóyotl |
3 de marzo de 2011 |
Luis Alberto Hernández Herrera |
Consejero Suplente 3 |
3 de marzo de 2011 |
Karolina
Yáñez Guevara |
Consejero Suplente 4 |
XXVI |
Nezahualcóyotl |
8 de marzo de 2011 |
Laura Concepción Pascual Morales |
Consejero Suplente 2 |
XXVII |
Chalco |
3 de marzo de 2011 |
Luis Felipe Gutiérrez Pacheco |
Consejero Suplente 4 |
XXIX |
Naucalpan |
21 de febrero de 2011 |
Dulce Merizabel Maldonado Flores |
Consejero Suplente 1 |
XXX |
Naucalpan |
3 de marzo de 2011 |
Joaquín Alberto Rocha Patiño |
Consejero Suplente 5 |
XXXI |
La Paz |
4 de marzo de 2011 |
Aaron Escalona del Moral |
Consejero Suplente 2 |
28 de febrero de 2011 |
Lucia
Méndez Guzmán |
Consejero Suplente 3 |
XXXII |
Nezahualcóyotl |
23 de febrero de 2011 |
Juan Manuel Donjuán Briones |
Consejero Suplente 3 |
XXXVII |
Tlanepantla |
1 de marzo de 2011 |
Patricia
Díaz Espinoza |
Consejero Suplente 1 |
3 de marzo de 2011 |
Vicente Abel
Meza Lavadores |
Consejero Suplente 2 |
7 de marzo de 2011 |
Araceli Ángeles Olivares |
Consejero Suplente 3 |
1 de marzo de 2011 |
Ma. Lucina
González Ramírez |
Consejero Suplente 4 |
XXXVIII |
Coacalco |
28 de febrero de 2011 |
Carmen Adriana Sánchez Albarrán |
Consejero Suplente 2 |
XXXIX |
Otumba |
3 de marzo de 2011 |
Mireya
Alemán Morales |
Consejero Suplente 1 |
3 de marzo de 2011 |
Marisol
Ríos Trejo |
Consejero Suplente 3 |
XLI |
Nezahualcóyotl |
3 de marzo de 2011 |
Sandra
Ordaz Temoltzi |
Consejero Suplente 1 |
3 de marzo de 2011 |
Alejandro
Bustos Montes |
Consejero Suplente 4 |
XLII |
Ecatepec |
26 de febrero de 2011 |
Noé Carrillo Martínez |
Consejero Suplente 2 |
XLV |
Zinacantepec |
1 de marzo de 2011 |
Juan
Aguacate Gamboa |
Consejero Suplente 2 |
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VI. |
Que en razón de las renuncias de los Consejeros Electorales Distritales suplentes ya indicadas, han quedado vacantes dichos cargos y toda vez que el artículo 95, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México ordena categóricamente que por cada Consejero propietario habrá un suplente, resulta necesario designar nuevos Consejeros Electorales Distritales suplentes en esos casos, de entre los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la Lista que se refiere en el Resultando 3 del presente Acuerdo.
Se estima conveniente precisar que de la Lista mencionada en el párrafo anterior, han sido excluidos por la Junta General: 1) Los ciudadanos designados como Consejeros Electorales Distritales por el Consejo General mediante Acuerdos IEEM/CG/06/2011 e IEEM/CG/25/2011; 2) Los ciudadanos que se han incorporado a laborar en el propio Instituto hasta el quince de marzo del año en curso, de conformidad con la información proporcionada por la Dirección de Administración mediante los oficios números IEEM/DA/0442/11, IEEM/DA/0594/11 e IEEM/DA/0618/11; y 3) Los ciudadanos que han sido designados como Instructores y Capacitadores para el Proceso Electoral 2011 mediante Acuerdo número IEEM/JG/19/2011, de la Junta General; lo anterior, de conformidad a lo precisado en los oficios IEEM/COC/ST/0042/2011 e IEEM/COC/ST/0139/2011, de fechas siete de febrero y catorce de marzo, ambos de dos mil once, respectivamente, suscritos por el Presidente y por el Secretario Técnico de la Comisión de Organización y Capacitación, así como a lo ordenado por el Punto Tercero del Acuerdo número IEEM/CG/25/2011 de fecha veintiocho de febrero del año en curso.
Por lo anterior, este Consejo General estima procedente realizar la designación de los sustitutos de los Consejeros Electorales Distritales suplentes correspondientes, conforme al método de insaculación aplicado en los Acuerdos IEEM/CG/06/2011 e IEEM/CG/25/2011, referidos en los Resultandos 1 y 2 del presente Acuerdo.
En tal virtud, este Consejo General, en su carácter de Órgano Superior de Dirección que le otorga el artículo 85 del Código Electoral del Estado de México y en ejercicio de la atribución que le confiere la fracción VI del artículo 95 del mismo ordenamiento jurídico, designa como Consejeros Electorales suplentes según corresponda, de los Consejos Distritales que se mencionan en el Considerando V a los ciudadanos que resulten sorteados de la insaculación que en este momento se realiza, para lo cual se introduce en una urna transparente, esferas numeradas del 1 al 24, que representan el lugar que ocupan los ciudadanos restantes no insaculados en dichos Distritos, extraídas manualmente; en el caso de los Distritos donde la Lista es menor a 24 nombres, se toma al siguiente insaculado. |
En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 3 párrafo primero, 85, 92 párrafos cuarto y séptimo y 94 del Código Electoral del Estado de México y 6 incisos a) y e), 49, 52 párrafo primero, 56 y 57 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:
ACUERDO
PRIMERO.- Se designan como Consejeros Electorales Suplentes, de los Consejos Distritales cuyo número de distrito y cabeceras se precisan en el Anexo que se adjunta al presente Acuerdo, a los ciudadanos igualmente mencionados en dicho Anexo, el cual forma parte del presente documento.
SEGUNDO.- El Consejero Presidente y el Secretario Ejecutivo General del Instituto Electoral del Estado de México, expedirán los nombramientos a los Consejeros Electorales Distritales designados por el presente Acuerdo.
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de México.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día diecisiete de marzo de dos mil once y firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 97, fracción IX y 102, fracción XXXI, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n), del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL |