INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
Sesión Extraordinaria del día veinticuatro de junio del año dos mil once
ACUERDO N°. IEEM/CG/106/2011
Manual del Procedimiento para la Recuperación del Material Electoral utilizado en la Jornada Electoral del 3 de julio de 2011.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y
R E S U L T A N D O
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1. |
Que la H. “LVII” Legislatura del Estado, expidió el decreto número 234, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, en fecha tres de diciembre del año dos mil diez, en donde convocó a los ciudadanos del Estado de México y a los partidos políticos con derecho a participar, en la elección ordinaria para elegir al Gobernador Constitucional de la Entidad, para el período comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil once al quince de septiembre de dos mil diecisiete. |
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2. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el día dos de enero del año en curso, celebró sesión solemne por la que, conforme a lo dispuesto por los artículos 92 párrafo segundo y 139 del Código Electoral del Estado de México, inició el proceso electoral ordinario por el que se elegirá al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, para el periodo constitucional comprendido del día dieciséis de septiembre de año dos mil once al día quince de septiembre del año dos mil diecisiete. |
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3. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria del once de agosto de dos mil diez, aprobó a través del Acuerdo IEEM/CG/28/2010 el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2011, mismo que fue adecuado por el propio Órgano Superior de Dirección mediante Acuerdo IEEM/CG/10/2011, de fecha treinta y uno de enero del año en curso. |
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4. |
Que el Programa Anual de Actividades referido en el Resultando que antecede, establece en su Línea Programática 3 “Programa de Organización Electoral”, Proyecto Específico 3.2 “Material Electoral”, como Actividad 4 “Elaborar e Implementar el procedimiento para la recuperación, recepción y resguardo en el Órgano Central del material electoral del Proceso Electoral 2011”, a cargo de la Dirección de Organización. |
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5. |
Que la Comisión de Organización y Capacitación, en sesión extraordinaria celebrada el catorce de junio del presente año, aprobó mediante su Acuerdo número 8, la Propuesta de Manual del Procedimiento para la Recuperación del Material Electoral utilizado en la Jornada Electoral del 3 de julio de 2011, elaborada por la Dirección de Organización, y ordenó su remisión a la Junta General para su consideración y, de ser el caso, posterior remisión al Consejo General. |
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6. |
Que la Junta General de este Instituto, en sesión extraordinaria celebrada el diecinueve de junio de dos mil once, conoció de la propuesta referida en el Resultando que antecede, misma que aprobó a través del Acuerdo IEEM/JG/48/2011 y ordenó su envío a este Consejo General para su aprobación definitiva de ser el caso; y |
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C O N S I D E R A N D O |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 primer párrafo, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México. |
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II. |
Que de conformidad con el artículo 79, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código Electoral. |
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III. |
Que de acuerdo al artículo 99, fracción I, del Código Electoral del Estado de México, es atribución de la Junta General, proponer al Consejo General los procedimientos administrativos del Instituto. |
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IV. |
Que en términos del artículo 1.43, fracción XIII, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, es atribución de la Comisión de Organización y Capacitación supervisar y vigilar las actividades relativas a la elaboración, impresión, distribución, recuperación, destrucción y/o donación de la documentación y material electoral y en su caso la rehabilitación del material electoral, conforme a las disposiciones del Código Electoral del Estado de México y los acuerdos que emita el Consejo General. |
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V. |
Que este Consejo General, observa que el Manual del Procedimiento para la Recuperación del Material Electoral utilizado en la Jornada Electoral del 3 de julio de 2011, cuya propuesta es sometida a su consideración por la Junta General, tiene por objetivos:
- Destacar el papel del Instituto Electoral del Estado de México como una institución socialmente responsable; cuidando en todo momento el buen uso de los recursos públicos en la adquisición de materiales susceptibles de reutilización y reciclaje, y evitando en la medida de lo posible, la utilización de materiales dañinos al medio ambiente.
- Recuperar el mayor número de material utilizado en el proceso electoral 2011, para habilitarlo y reutilizarlo en los procesos electorales subsecuentes. En el caso del material de cartón corrugado, donarlo a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (CONALITEG) y en el caso de la tinta indeleble, llevar a cabo su confinación y destino final como material tóxico.
- Dotar a los servidores electorales de los órganos desconcentrados de un procedimiento sencillo y eficaz que permita recuperar las marcadoras, urnas, mamparas, bases tipo tijera para mampara, bases y charola para urna, útiles de oficina, lonas, casacas, carteles de vinilona, sellos y tinta indeleble utilizada en la jornada electoral del 3 de julio del año 2011.
- Dar a conocer a los funcionarios de mesas directivas de casilla que el material electoral es reutilizable y reciclable y que deberán ser cuidadosos en su uso, resguardándolo y regresándolo al órgano electoral de acuerdo a los lineamientos establecidos en este Manual, para su destrucción o rehabilitación, reutilización posterior y, en su caso, donación.
Conforme a dichos objetivos y toda vez que diverso material electoral que se utilizará en el actual proceso electoral de Gobernador 2011, cuyo diseño fue aprobado por este Órgano Superior de Dirección a través del Acuerdo IEEM/CG/59/2010, es susceptible de donación o reutilizado en actividades ordinarias del Instituto o para futuros procesos electorales, este Consejo General se pronuncia por la aprobación definitiva de la propuesta de mérito, aunado a que en el caso del material electoral que sea reutilizado permitirá generar un ahorro de los recursos económicos de este Instituto. |
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En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 3 párrafo primero, 85, 92 párrafos cuarto y séptimo y 94 del Código Electoral del Estado de México y 6 incisos a) y e), 49, 52 párrafo primero, 56 y 57 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:
ACUERDO
PRIMERO.-Se aprueba el Manual del Procedimiento para la Recuperación del Material Electoral utilizado en la Jornada Electoral del 3 de julio de 2011, en los términos del documento adjunto al presente Acuerdo y que forma parte del mismo.
SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría Ejecutiva General, notifique el presente Acuerdo a la Dirección de Organización de este Instituto, para los efectos que se deriven de la aprobación del Manual aprobado.
TRANSITORIOS
PRIMERO.-Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de México.
SEGUNDO.-El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México presentes en la Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día veinticuatro de junio del año dos mil once y firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 97, fracción IX y 102, fracción XXXI, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n), del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL |