INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

CONSEJO GENERAL

Sesión extraordinaria del día treinta de diciembre del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/CG/155/2011

Reformas al Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y

R E S U L T A N D O

   
1. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil ocho expidió, a través del Acuerdo CG/50/2008, el Libro Primero del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
   
2. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México ha realizado diversas reformas al Libro referido en el Resultando anterior, entre ellas, las aprobadas mediante Acuerdo número IEEM/CG/62/2010 de fecha treinta de diciembre de dos mil diez, por el que entre otras cosas, cambió su denominación por la de “Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México”. 
   
3. Que la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión de este Consejo General, en su séptima sesión ordinaria celebrada el veinticinco de octubre del año en curso, expidió el Acuerdo número 14, por el que aprobó el proyecto de reformas al Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, particularmente al Capítulo III del Título Cuarto, del referido Reglamento; y ordenó su remisión a este órgano Superior de Dirección para su conocimiento, discusión y aprobación definitiva, de ser el caso.
   
4. Que la Secretaría Técnica de la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión, remitió a la Secretaría Ejecutiva General, mediante oficio número IEEM/CAMPYD/1500/2011 de fecha dos de diciembre del año en curso, el Acuerdo referido en el Resultando que antecede a fin de que por su conducto sea sometido a la consideración de este Consejo General.
   
5.

Que con motivo de los trabajos para la actualización de la Normatividad del Instituto Electoral del Estado de México, la Dirección Jurídico-Consultiva de este Instituto, en ejercicio de la atribución prevista en la fracción VI del artículo 105 del Código Electoral del Estado de México, con apoyo del personal de las diversas áreas y Consejerías del mismo Instituto, de igual forma analizó el Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, y propuso diversas reformas al mismo, ello mediante oficio número IEEM/DJC/1508/2011 de fecha seis de diciembre del año en curso, dirigido a la Secretaría Ejecutiva General a fin de que por su conducto fueran sometidas a la consideración de este Consejo General; y

   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 párrafo primero, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II. Que de conformidad al artículo 79, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral de esta Entidad Federativa se organizará para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las propio Código Electoral.
   
III.

Que el artículo 93, fracción I inciso c), del Código Electoral del Estado de México, establece como Comisión permanente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, a la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión.

   
IV.

Que el artículo 95, fracción I, del Código Electoral del Estado de México, establece la atribución del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, de expedir los reglamentos interiores, lineamientos y demás disposiciones que sean necesarios para el buen funcionamiento del Instituto.

   
V. Que el artículo 105 fracción VI del Código Electoral del Estado de México, establece la atribución de la Dirección Jurídico-Consultiva de revisar los proyectos de manuales, reglamentos, lineamientos y demás ordenamientos internos, que sean necesarios para el buen funcionamiento del Instituto.
   
VI. Que atento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 1.3 del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, dichas Comisiones tienen la facultad de proponer al Órgano Superior de Dirección las reformas, adiciones, modificaciones, derogaciones y abrogaciones al marco normativo del Instituto relacionado con las materias competencia de cada Comisión, para, en su caso, su aprobación y publicación.
   
VII.

Que este Órgano Superior de Dirección, una vez que conoció el Acuerdo referido en el Resultando 3 del presente documento y la correspondiente propuesta de reformas al Capítulo III del Título Cuarto, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, estima procedente pronunciarse por su aprobación, toda vez que dichas reformas actualizan diversas facultades de la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión de este Consejo General, necesarias para atender las actividades que legal y reglamentariamente tiene encomendadas.

Por cuanto hace a la propuesta de la Dirección Jurídico-Consultiva, este Consejo General de igual forma se pronuncia por su aprobación toda vez que las reformas propuestas se refieren a precisar algunos aspectos de aplicación de dicho reglamento.

Asimismo, es de incorporarse la reforma al artículo 1.42 del Reglamento de mérito, propuesta al momento de tratar el presente Acuerdo.

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 3 párrafo primero, 85, 92 párrafos cuarto y séptimo y 94 del Código Electoral del Estado de México y 6 incisos a) y e), 49, 52 párrafo primero, 56 y 57 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

ACUERDO

PRIMERO.-   Se aprueba el Acuerdo número 14 de la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, expedido en fecha veinticinco de octubre de dos mil once.

SEGUNDO.- Son de tomarse en consideración las propuestas de reformas al Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, realizadas por la Dirección Jurídico-Consultiva que se sometieron a este Consejo General a través de su oficio número lEEM/DJC/1508/2011 de fecha seis de diciembre del año en curso.

TERCERO.-  En consecuencia, se reforma el Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, conforme al documento adjunto al presente Acuerdo a fin de que forme parte del mismo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.-   Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de México.

SEGUNDO.-    Las reformas aprobadas por el presente Acuerdo surtirán efectos al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México presentes en la Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día treinta de diciembre del año dos mil once y firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 97, fracción IX y 102, fracción XXXI, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n), del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL 

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL

 
ANEXO
A B