La H. "LVII" Legislatura del Estado, mediante Decreto número 395 publicado el día dieciséis de diciembre del
año dos mil once en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México "Gaceta del
Gobierno", aprobó el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el ejercicio fiscal del
año dos mil doce; Decreto que contempló dentro de su artículo 20 la asignación de $1,840´475,780.00 (Mil
ochocientos cuarenta millones cuatrocientos setenta y cinco mil setecientos ochenta pesos 00/100 M.N.) para
el Instituto Electoral del Estado de México.
Derivado de lo anterior y toda vez que existieron economías durante el ejercicio fiscal del año dos mil once, por
un total del $98´085,774.70 (Noventa y ocho millones ochenta y cinco mil setecientos setenta y cuatro pesos
70/100 M.N.) producto de las economías generadas, de intereses financieros y de los recursos obtenidos por la
aplicación del estímulo del 60% otorgado por la Federación a la retención del Impuesto sobre salarios subsidio
en el año 2011, para su incorporación en el Presupuesto de Egresos. Asimismo $59´608,021.50 (Cincuenta y
nueve millones seiscientos ocho mil veintiún pesos 50/100 M.N.) de los recursos que se obtendrán en el año
2012, por la aplicación del estímulo del 60% otorgado por la Federación a la retención del Impuesto sobre
salarios contemplando en el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los organismos y
entidades públicas en materia de impuesto sobre la renta, de derechos y aprovechamientos.
Por lo tanto, el órgano superior de dirección de este organismo electoral, mediante Acuerdo número
IEEM/CG/18/2012 tomado en su sesión extraordinaria del día treinta y uno de enero del presente año, aprobó
el Ajuste al Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio fiscal del año 2012; por
un monto total del $1,998´169,576.20 (Mil novecientos noventa y ocho millones ciento sesenta y nueve mil
quinientos setenta y seis pesos 20/100 M.N.).
Aunado a lo anterior, el acuerdo en comento dispuso en el transitorio tercero que deberá gestionarse ante la
Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México, una ampliación presupuestal con la finalidad de
contar con recursos suficientes para atender oportunamente las ineludibles actividades que se deben ejecutar
durante el presente año, relacionadas con la organización del Proceso Electoral dos mil doce, por el que se
elegirán Diputados a la "LVIII" Legislatura para el ejercicio constitucional comprendido del 5 de septiembre de
2012 al 4 de septiembre de 2015, y miembros de los Ayuntamientos para el periodo constitucional
comprendido del 1° de enero de 2013 al 31 diciembre de 2015.