Entrega de datos personales a través de medios electrónicos. La entrega de datos personales a través del portal de la Plataforma Nacional de Transparencia, correo electrónico o cualquier otro medio similar resulta improcedente, sin que los sujetos obligados hayan corroborado previamente la identidad del titular. Resoluciones: . RRD 0015/17. Instituto Mexicano del Seguro Social. 19 de abril de 2017. Por unanimidad. Comisionado Ponente Francisco Javier Acuña Llamas. . RRD 0032/17. Servicio de Administración Tributaria. 26 de abril del 2017. Por unanimidad. Comisionada Ponente María Patricia Kurczyn Villalobos. . RRD 0053/17. Instituto Mexicano del Seguro Social. 17 de mayo de 2017. Por unanimidad. Comisionada Ponente María Patricia Kurczyn Villalobos. Segunda Época Criterio 01/18