INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

JUNTA GENERAL

Sesión Extraordinaria del día quince de enero del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/JG/05/2011

Tabulador de Sueldos y Plantilla de Personal Eventual de Órganos Centrales del Instituto Electoral del Estado de México, para el año 2011.

Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y

R E S U L T A N D O

   
1. Que la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria celebrada en fecha nueve de noviembre del año dos mil diez, aprobó mediante Acuerdo número IEEM/JG/31/2010, la Plantilla del Personal Eventual para atender las actividades previas al Proceso Electoral 2011 en Órganos Centrales, la cual fue modificada mediante diverso Acuerdo número IEEM/JG/33/2010, aprobado el día diecinueve del mismo mes y año.
   
2. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el día dos de enero del año en curso, celebró sesión solemne con la que, con fundamento en los artículos 92 párrafo segundo y 139 del Código Electoral del Estado de México, inició el proceso electoral ordinario por el que se elegirá al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, para el periodo constitucional comprendido del día dieciséis de septiembre de año dos mil once al día quince de septiembre del año dos mil diecisiete.
   
3. Que la Dirección de Administración de este Instituto, en ejercicio de la atribución a que se refiere el Considerando V del presente Acuerdo, elaboró el proyecto del tabulador de sueldos y la plantilla del personal eventual de los Órganos Centrales del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2011, plantilla que comprende tanto las plazas eventuales aprobadas mediante los Acuerdos referidos en el Resultando 1 del presente, así como aquéllas que resultan necesarias para realizar los trabajos iniciales del Proceso Electoral de Gobernador 2011, lo que somete a la aprobación de esta Junta General; y
   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 primer párrafo, así como el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 78 primer párrafo, prevén que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II. Que el artículo 84 del Código Electoral del Estado de México, menciona que son Órganos Centrales del Instituto Electoral del Estado de México, el Consejo General, la Junta General, la Secretaría Ejecutiva General y el Órgano Técnico de Fiscalización.
   
III. Que el Consejo General de este Instituto se integra, entre otros miembros, por un Consejero Presidente y seis Consejeros Electorales, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 86 fracción I, del Código Electoral del Estado de México.
   
IV. Que conforme al artículo 98, segundo párrafo, del Código Electoral del Estado de México, las Direcciones Jurídico-Consultiva, de Organización, de Capacitación, de Partidos Políticos, de Administración y la del Servicio Electoral Profesional, así como la Unidad de Informática y Estadística, están adscritas a la Secretaría Ejecutiva General. Asimismo, la Contraloría General, el Órgano Técnico de Fiscalización, la Unidad de Comunicación Social y el Centro de Formación y Documentación Electoral, se encuentran adscritos al Consejo General.
   
V. Que en términos del artículo 109, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, la Dirección de Administración es el área encargada de atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto.
   
VI. Que esta Junta General advierte la necesidad de que los órganos centrales del Instituto Electoral del Estado de México, con motivo del Proceso Electoral 2011 a que se refiere el Resultando 2 del presente Acuerdo, cuenten con personal eventual a fin de que puedan realizar con la oportunidad y eficacia debidas, las actividades relacionadas con dicho proceso.

Por lo anterior, resulta procedente aprobar, en primer término, el tabulador de sueldos del personal eventual de los Órganos Centrales del Instituto, para el año 2011, en razón de que se considera que las remuneraciones propuestas resultan proporcionales a la naturaleza de las plazas que se manejan en la plantilla igualmente propuesta.

En segundo término, por lo que hace a la plantilla del personal eventual de los Órganos Centrales del Instituto Electoral del Estado de México, para el año 2011, se considera aprobarla en una primera etapa, en los términos presentados, en razón de que contiene tanto las plazas eventuales que se vienen ocupando desde el año 2010, aprobadas por los Acuerdos mencionados en el Resultando 1 del presente, como las plazas eventuales adicionales que resultan necesarias para realizar los trabajos iniciales del Proceso Electoral de Gobernador 2011, trabajos que no pueden ser postergados dada su naturaleza, razón por la que dicha plantilla podrá ser incrementada posteriormente cuando las necesidades del Instituto así lo requieran.

simismo, se considera procedente aprobar una bolsa económica de $96,000.00 (Noventa y seis mil pesos 00/100 M.N.) netos mensuales por cada Consejero Electoral, incluyendo al Consejero Presidente, a efecto de que, conforme a las actividades que desarrolla cada una de las Consejerías, tengan la posibilidad de contratar al personal eventual que de manera individual estimen pertinente, por el periodo del 16 de enero al 15 de agosto del año en curso.

   

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba el tabulador de sueldos de órganos centrales del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2011, adjunto al presente Acuerdo, para que parte del mismo.

SEGUNDO.- Se aprueba, en una primera etapa, laplantilla del personal eventual de órganos centrales del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2011, adjunta al presente Acuerdo para que forme parte del mismo, la cual podrá ser incrementada cuando las necesidades del Instituto así lo requieran.

TERCERO.- La ocupación de plazas temporales que sean solicitadas por las áreas de los órganos centrales del Instituto, serán autorizadas por la Secretaría Ejecutiva General con base en la suficiencia presupuestal.

CUARTO.- Se aprueba una bolsa económica de $96,000.00 (Noventa y seis mil pesos 00/100 M.N.) netos mensuales por cada Consejero Electoral, incluyendo al Consejero Presidente, a efecto de que puedan contratar personal eventual por el periodo del 16 de

QUINTO.- Los efectos del presente Acuerdo serán retroactivos al día primero de enero del año 2011, por lo que hace a las plazas eventuales ocupadas desde esa fecha.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día quince de enero del año dos mil once, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.

 

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL

 

SECRETARIO DE ACUERDOS

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL

DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN

LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA

   

DIRECTOR DE CAPACITACIÓN

LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA

DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS

DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ

   

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO

DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORALPROFESIONAL

L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA

   

DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL

LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL

 

 

ANEXOS