INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
JUNTA GENERAL
Sesión Extraordinaria del día cuatro de febrero del año dos mil once
ACUERDO N°. IEEM/JG/15/2011
Propuestas de candidatos a Consejeros Electorales propietario y suplentes de Consejos Distritales Electorales, con motivo de la renuncia de diversos Consejeros Electorales, propietarios y suplentes, nombrados por el Consejo General mediante Acuerdo número IEEM/CG/06/2011.
Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y
R E S U L T A N D O |
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ÚNICO. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria especial celebrada en fecha veintisiete de enero del año en curso, designó mediante Acuerdo número IEEM/CG/06/2011, a los Consejeros Electorales de los Consejos Distritales para el Proceso Electoral de Gobernador 2011; Acuerdo cuyo Punto Tercero determinó que el Consejo General podrá sustituir en forma fundada y motivada a cualquiera de los Consejeros Electorales designados por dicho Acuerdo y designará a los sustitutos de entre el resto de los ciudadanos no insaculados por distrito; y |
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C O N S I D E R A N D O |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 primer párrafo, así como el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 78 primer párrafo, prevén que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México. |
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II. |
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 95 fracciones VI y VII, del Código Electoral del Estado de México, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, cuenta con la atribución de designar a los consejeros distritales de entre las propuestas de al menos el doble que al efecto realice la Junta General, destacándose que por cada consejero habrá un suplente; así como de acordar lo conducente para la integración de los órganos desconcentrados del Instituto. |
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III. |
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 99 fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, es atribución de la Junta General proponer al Consejo General, candidatos a consejeros electorales de los Consejos Distritales Electorales. |
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IV. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 116, párrafo tercero, establece que de producirse la ausencia definitiva del Consejero Electoral propietario de un Consejo Distrital Electoral, el suplente será llamado para asumir el cargo de Consejero Electoral propietario hasta el término del proceso electoral; al efecto será citado para que concurra a la siguiente sesión del Consejo Distrital de que se trate a rendir la protesta de ley. |
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V. |
Que en términos del artículo 1.43, fracción XX, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, corresponde a la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México proponer al Órgano Superior de Dirección la sustitución de Consejeros Electorales de los Consejos Distritales, que presente la Junta General. |
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VI. |
Que los ciudadanos que a continuación se enlistan, quienes habían sido designados como Consejeros Electorales, propietarios y suplentes, de las fórmulas que a continuación se señalan, presentaron renuncia al cargo, en las fechas que de igual manera se indican:
DISTRITO |
CABECERA |
FECHA EN QUE SE RECIBIÓ
LA RENUNCIA |
NOMBRE DEL CONSEJERO PROPIETARIO QUE RENUNCIA |
CARGO |
XXVI |
NEZAHUALCOYOTL |
31 DE ENERO DE 2011 |
Carlos Domínguez Solano |
CONSEJERO PROPIETARIO 3 |
XL |
IXTAPALUCA |
31 DE ENERO DE 2011 |
Prudencio Hernández Hernández |
CONSEJERO PROPIETARIO 5 |
DISTRITO |
CABECERA |
FECHA EN QUE SE RECIBIÓ
LA RENUNCIA |
NOMBRE DEL CONSEJERO SUPLENTE QUE RENUNCIA |
CARGO |
V |
TENANGO DEL VALLE |
3 DE FEBRERO DE 2011 |
Maria Guadalupe Colindres Zamora |
CONSEJERO SUPLENTE 3 |
IX |
TEJUPILCO |
3 de Febrero de 2011 |
José Saide Gorostieta Plata |
CONSEJERO SUPLENTE 3 |
1 DE FEBRERO DE 2011 |
Francisco Hernández Margarito |
CONSEJERO SUPLENTE 6 |
XIII |
ATLACOMULCO |
2 DE FEBRERO DE 2011 |
Yesica Caballero Pérez |
CONSEJERO SUPLENTE 4 |
XV |
IXTLAHUACA |
3 de Febrero de 2011 |
Oscar Sánchez de Jesús |
CONSEJERO SUPLENTE 1 |
31 DE ENERO DE 2011 |
José Concepción Flores Barrios |
CONSEJERO SUPLENTE 5 |
XXXIV |
IXTAPAN DE LA SAL |
2 DE FEBRERO DE 2011 |
Carmelo Miguel Hernández Tlapale |
CONSEJERO SUPLENTE 1 |
XXVI |
NEZAHUALCOYOTL |
3 de Febrero de 2011 |
Viridiana Aupart Vargas |
CONSEJERO SUPLENTE 2 |
XXXVIII |
COACALCO |
2 DE FEBRERO DE 2011 |
Fortunato Vidal Rodríguez García |
CONSEJERO SUPLENTE 1 |
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VII. |
Que los Consejeros Electorales Distritales, propietario y suplente de la misma fórmula, cuyos nombres se mencionan a continuación, del Consejo Distrital que se cita, presentaron renuncia al cargo en las fechas que igualmente se refieren en seguida:
DISTRITO |
CABECERA |
FECHA EN QUE SE
RECIBIÓ LA RENUNCIA |
NOMBRE DEL CONSEJERO QUE RENUNCIA |
CARGO |
XVII |
HUIXQUILUCAN |
29 DE ENERO DE 2011 |
Virginia Gutiérrez Hernández |
CONSEJERO PROPIETARIO 3 |
1 DE FEBRERO DE 2011 |
Carmen Victoria Hermenegildo Valencia |
CONSEJERO SUPLENTE 3 |
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VIII. |
Que con motivo de las renuncias de los Consejeros Electorales Distritales propietarios anteriormente mencionados, y en estricto acatamiento a lo que establece el artículo 116 párrafo tercero del Código Electoral del Estado de México, los respectivos Consejeros Electorales suplentes asumieron el cargo y tomaron protesta como Consejeros Electorales Distritales propietarios, en sesión de fecha tres de febrero del año en curso, en los siguientes términos:
DISTRITO |
CABECERA |
CARGO |
NOMBRE DEL CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE QUE ASUME COMO PROPIETARIO (ART. 116 PÁRR. 3 DEL CEEM) |
XXVI |
NEZAHUALCOYOTL |
CONSEJERO PROPIETARIO 3 |
Ma Raquel Natalia Sánchez Villa |
XL |
IXTAPALUCA |
CONSEJERO PROPIETARIO 5 |
Maria de los Angeles Chao Hernández |
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IX. |
Que en razón de las renuncias de los Consejeros Electorales Distritales propietarios ya mencionadas, por las que los suplentes asumieron el cargo, de la renuncia de la fórmula completa que se menciona en el Considerando anterior, así como de las renuncias de los Consejeros Electorales Distritales suplentes igualmente ya indicadas, han quedado vacantes los cargos de Consejeros Electorales Distritales propieraio y suplentes mencionado, y toda vez que el artículo 95, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México ordena categóricamente que por cada Consejero propietario habrá un suplente, resulta necesario designar nuevos Consejeros Electorales Distritales en esos casos.
Por lo anterior, esta Junta General estima procedente que se remitan al Consejo General las listas en orden alfabético, con los 24 y con 12 los 12 ciudadanos en los casos de los Distritos XVIII y XXXVII, que no resultaron insaculados por el Consejo General al momento de la designación de los Consejeros Electorales Distritales que realizó mediante Acuerdo IEEM/CG/06/2011, a efecto de que el Órgano Superior de Dirección mediante el mismo proceso de insaculación, si así lo considera pertinente, realice las sustituciones y designaciones correspondientes.
Asimismo, esta Junta General considera que de existir a futuro la necesidad de sustituciones de Consejeros Electorales Distritales, de adoptar el Consejo General el procedimiento de designación por insaculación, se haga del conocimiento directamente por la Secretaría Ejecutiva General al Órgano Superior de Dirección, para que proceda en consecuencia.
En razón de lo anterior, esta Junta General, con fundamento en el artículo 1.43 fracción XX del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, hace del conocimiento de la Comisión de Organización y Capacitación, lo aprobado por el presente Acuerdo. |
En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:
PRIMERO.- Se aprueba remitir al Consejo General las listas en orden alfabético, con los 24 y con 12 los ciudadanos en los casos de los Distritos XVIII y XXXVII, que no resultaron insaculados por el Consejo General al momento de la designación de los Consejeros Electorales Distritales que realizó mediante Acuerdo IEEM/CG/06/2011, a efecto de que el Órgano Superior de Dirección mediante el mismo proceso de insaculación, si así lo considera pertinente, realice las sustituciones y designaciones correspondientes.
SEGUNDO.- Se aprueba proponer al Consejo General que de existir a futuro la necesidad de sustituciones de Consejeros Electorales Distritales, y para el caso de que el Consejo General adopte el procedimiento de designación por insaculación, se haga del conocimiento directamente del Órgano Superior de Dirección a través de la Secretaría Ejecutiva General, para que proceda en consecuencia.
TERCERO.- Se instruye a la Secretaría de Acuerdos haga del conocimiento de la Comisión de Organización y Capacitación lo aprobado por el presente Acuerdo, para los efectos previstos en el artículo 1.43, fracción XX, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día cuatro de febrero del año dos mil once, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL
M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL
SECRETARIO DE ACUERDOS
ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL
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DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN
LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA |
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DIRECTOR DE CAPACITACIÓN
LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA
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DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS
DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ |
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DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN
LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO |
DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORALPROFESIONAL
L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA |
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DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL
LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL |
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