INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

JUNTA GENERAL

Sesión Ordinaria del día veintitrés de marzo del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/JG/28/2011

Propuestas de candidatos a Consejeros Electorales suplentes de Consejos Distritales Electorales, con motivo de la renuncia de diversos Consejeros Electorales Distritales, propietarios y suplentes, anteriormente nombrados por el Consejo General para el proceso electoral de Gobernador 2011.

Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y

R E S U L T A N D O

   
1. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria especial celebrada en fecha veintisiete de enero del año en curso, designó mediante Acuerdo número IEEM/CG/06/2011, a los Consejeros Electorales de los Consejos Distritales para el Proceso Electoral de Gobernador 2011; Acuerdo cuyo Punto Tercero determinó que el Consejo General podrá sustituir en forma fundada y motivada a cualquiera de los Consejeros Electorales designados por dicho Acuerdo y designará a los sustitutos de entre el resto de los ciudadanos no insaculados por distrito.

   
2. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesiones extraordinarias celebradas en fechas veintiocho de febrero y diecisiete de marzo del año en curso, a través de los Acuerdos números IEEM/CG/25/2011 e IEEM/CG/33/2011, sustituyó y designó a nuevos Consejeros Electorales de Consejos Distritales Electorales, con motivo de la renuncia de diversos Consejeros Electorales, propietarios y suplentes, que habían sido nombrados por el propio Órgano Superior de Dirección.
   
3. Que mediante oficio número IEEM/DO/0633/2011, de fecha diecisiete de marzo de dos mil once, la Dirección de Organización remitió a la Secretaría Ejecutiva General la relación de Consejeros Electorales Distritales, Propietarios y Suplentes, que han presentado renuncia al cargo recibidas en esa Dirección hasta el día dieciséis del mismo mes y año, a efecto de que en términos del artículo 99 fracción VI del Código Electoral del Estado de México, la Junta General proponga al Consejo General los candidatos para sustituir a quienes han renunciado.

   
4. Que mediante oficio número IEEM/DO/0647/2011,de fecha dieciocho de marzo del año en curso, la Dirección de Organización, en alcance al oficio que se indica en el Resultando que antecede, remitió a la Secretaría Ejecutiva General, la “Lista de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales No Inscaulados en las sesiones del Consejo General del 27 de enero, 28 de febrero y 17 de marzo de 2011”; y
   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 primer párrafo, así como el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 78 primer párrafo, prevén que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 95 fracciones VI y VII, del Código Electoral del Estado de México, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, cuenta con la atribución de designar a los consejeros distritales de entre las propuestas de al menos el doble que al efecto realice la Junta General, destacándose que por cada consejero habrá un suplente; así como de acordar lo conducente para la integración de los órganos desconcentrados del Instituto.
   
III. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 99 fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, es atribución de la Junta General proponer al Consejo General, candidatos a consejeros electorales de los Consejos Distritales Electorales.
   
IV. Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 116, párrafo tercero, establece que de producirse la ausencia definitiva del Consejero Electoral propietario de un Consejo Distrital Electoral, el suplente será llamado para asumir el cargo de Consejero Electoral propietario hasta el término del proceso electoral; al efecto será citado para que concurra a la siguiente sesión del Consejo Distrital de que se trate a rendir la protesta de ley.
   
V. Que en términos del artículo 1.43, fracción XX, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, corresponde a la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México proponer al Órgano Superior de Dirección la sustitución de Consejeros Electorales de los Consejos Distritales, que presente la Junta General.
   
VI.

Que conforme a la relación remitida por la Dirección de Organización referida en el Resultando 3 de este Acuerdo, los ciudadanos que a continuación se nombran, designados como Consejeros Electorales, propietarios y suplentes, de las fórmulas que se indican, presentaron renuncia al cargo, en las fechas que de igual manera se precisan:

DISTRITO

CABECERA

FECHA EN QUE SE RECIBIÓ

LA RENUNCIA

NOMBRE DEL CONSEJERO PROPIETARIO QUE RENUNCIA

CARGO

XVII

Huixquilucan

7 de marzode 2011

Guillermo Cuevas Fernández

Consejero Propietario 2

XXXIV

Ixtapan de la Sal

26 de febrero de 2011

Osciel Leobardo Morales Ortiz

Consejero Propietario 4

XLIV

Nicolás Romero

3 de marzo de 2011

Johana Becerril Sánchez

Consejero Propietario 2

DISTRITO

CABECERA

FECHA EN QUE SE RECIBIÓ LA RENUNCIA

NOMBRE DEL CONSEJERO SUPLENTE QUE RENUNCIA

CARGO

V

Tenango del Valle

8 de Marzo de 2011

Héctor Felipe Velázquez Mendoza

Consejero Suplente 3

VI

Tianguistenco

8 de Marzo de 2011

Oscar Garduño Vega

Consejero Suplente 2

XV

Ixtlahuaca

8 de Marzo de 2011

Ma. de Lourdes Petra Monroy Velasco

Consejero Suplente 5

XXVII

Chalco

8 de Marzo de 2011

Crecencio Reyes Castro

Consejero Suplente 5

XXVIII

Amecameca

11 de Marzo de 2011

José Abel Arroyo Munguía

Consejero Suplente 6

XLIV

Nicolás Romero

9 de Marzo de 2011

Claudia Janet Soto Domínguez

Consejero Suplente 1

   
VII.

Que con motivo de las renuncias de los Consejeros Electorales Distritales propietarios anteriormente mencionados, y en estricto acatamiento a lo que establece el artículo 116 párrafo tercero del Código Electoral del Estado de México, los respectivos Consejeros Electorales suplentes asumieron el cargo y tomaron protesta como Consejeros Electorales Distritales propietarios, en sesión de fecha nueve de marzo del año en curso, en los siguientes términos:

DISTRITO

CABECERA

CARGO

NOMBRE DEL CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE QUE ASUME COMO PROPIETARIO (ART. 116 PÁRR. 3 DEL CEEM)

XVII

Huixquilucan

Consejero Propietario 2

Antonio Sánchez Echeverría

XXXIV

Ixtapan de la Sal

Consejero Propietario 4

Roberto Castañeda Escobar

XLIV

Nicolás Romero

Consejero Propietario 2

Elisa Aceves Blanquel

   
VIII. Que en razón de las renuncias de los Consejeros Electorales Distritales propietarios ya mencionadas, por las que los suplentes asumieron el cargo, así como de las renuncias de los Consejeros Electorales Distritales suplentes igualmente ya indicadas, han quedado vacantes dichos cargos y toda vez que el artículo 95, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México ordena categóricamente que por cada Consejero propietario habrá un suplente, resulta necesario designar nuevos Consejeros Electorales Distritales suplentes en esos casos.

Por lo anterior, esta Junta General estima procedente que se remitan al Consejo General, como propuestas de candidatos a Consejeros Electorales Distritales suplentes, a los ciudadanos cuyos nombres se contienen en la lista que se menciona en el Resultando 3 del presente Acuerdo, a efecto de que el Órgano Superior de Dirección mediante el mismo proceso de insaculación que aplicó en el Acuerdo número IEEM/CG/06/2011, si así lo considera pertinente, realice las designaciones correspondientes.

Del mismo modo, esta Junta General estima procedente resaltar que de la Listamencionada en el Resultando 4 de este Acuerdo, han sido excluidos: 1) Los ciudadanos designados como Consejeros Electorales Distritales por el Consejo General mediante Acuerdos IEEM/CG/06/2011, IEEM/CG/25/2011 e IEEM/CG/33/2011; 2) Los ciudadanos que se han incorporado a laborar en el propio Instituto hasta el quince de marzo del año en curso, de conformidad con la información proporcionada por la Dirección de Administración; 3) Los ciudadanos que han sido designados como Instructores y Capacitadores para el Proceso Electoral 2011 mediante Acuerdo número IEEM/JG/19/2011, de esta Junta General; y 4) Los ciudadanos que fueron designados como monitoristas por la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión en su Cuarta Sesión Ordinaria de fecha catorce de marzo de dos mil once; lo anterior de conformidad a lo precisado en el oficio número IEEM/COC/ST/0042/2011 suscrito por el Presidente y por el Secretario Técnico de la Comisión de Organización y Capacitación, así como a lo ordenado por el Punto Tercero del Acuerdo número IEEM/CG/25/2011 de fecha veintiocho de febrero del año en curso.

Previo a que sean remitidas al Órgano Superior de Dirección las propuestas aprobadas, esta Junta General, con fundamento en el artículo 1.43 fracción XX del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México y en cumplimiento a lo ordenado en el Punto Tercero del Acuerdo número IEEM/CG/25/2011, hace del conocimiento de la Comisión de Organización y Capacitación, las propuestas de candidatos a Consejeros Electorales Distritales motivo del presente Acuerdo, para lo cual se acompañan a las mismas, copia de las renuncias presentadas.

   

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

ACUERDO

PRIMERO.-Se aprueban como propuestas de candidatos a Consejeros Electorales Distritales suplentes, las listas en orden alfabético, depuradas en los términos que se precisan en el párrafo tercero del Considerando VIII de este Acuerdo.

SEGUNDO.-Se instruye a la Secretaría de Acuerdos remita las propuestas aprobadas, (acompañadas de las copias de las renuncias respectivas), a la Comisión de Organización y Capacitación, para los efectos previstos en el artículo 1.43, fracción XX, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, y su posterior envío al Órgano Superior de Dirección a efecto de que mediante el mismo proceso de insaculación, si así lo considera pertinente, realice las designaciones correspondientes de los Consejeros Electorales Distritales suplentes en los Consejos Distritales y cargos que se mencionan en los Considerandos VII y VIII del presente Acuerdo.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto, en Sesión Ordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día veintitrés de marzo del año dos mil once, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.

 

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL

 

SECRETARIO DE ACUERDOS

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL

DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN

LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA

   

DIRECTOR DE CAPACITACIÓN

LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA

DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS

DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ

   

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO

DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORALPROFESIONAL

L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA

   

DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL

LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL