INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
JUNTA GENERAL
Sesión Ordinaria del día ocho de abril del año dos mil once
ACUERDO N°. IEEM/JG/31/2011
Por el que se aprueba la propuesta del Programa de Resultados Electorales Preliminares para la elección de Gobernador PREP 20.11.
Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y
R E S U L T A N D O
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1. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria celebrada el día once de agosto del año dos mil diez, aprobó mediante Acuerdo número IEEM/CG/28/2010, el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2011; mismo que fue adecuado por el propio Órgano Superior de Dirección a través del Acuerdo IEEM/CG/10/2011, de fecha treinta y uno de enero del año en curso. |
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2. |
Que la H. “LVII” Legislatura del Estado, expidió el decreto número 234, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, en fecha tres de diciembre del año dos mil diez, en donde convocó a los ciudadanos del Estado de México y a los partidos políticos con derecho a participar, en la elección ordinaria para elegir al Gobernador Constitucional de la Entidad, para el periodo comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil once al quince de septiembre de dos mil diecisiete. |
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3. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el día dos de enero del año dos mil once, celebró sesión solemne por la que conforme a lo establecido en los artículos 92 párrafo segundo y 139 del Código Electoral del Estado de México, inició el proceso electoral ordinario por el que se elegirá al Titular del Poder Ejecutivo de la Entidad, para el periodo constitucional comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil once al quince de septiembre de dos mil diecisiete. |
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4. |
Que el Programa referido en el Resultando 1 del presente Acuerdo, en su Línea Programática 10 “Programa de Infraestructura en Tecnologías de la Información”; Proyecto Específico 10.5 “Programa de Resultados Electorales Preliminares”; establece como Actividad 1, la relativa a realizar el proyecto del Programa de Resultados Electorales Preliminares 2011, a cargo de la Unidad de Informática y Estadística. |
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5. |
Que la Unidad de Informática y Estadística, elaboró el proyecto del Programa de Resultados Electorales Preliminares para la Elección de Gobernador PREP 20.11, mismo que remitió a la Secretaría Ejecutiva General a través del memorándum número IEEM/UIE/451/2011, de fecha cinco de abril del presente año; proyecto que se somete a consideración de esta Junta General; y |
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C O N S I D E R A N D O |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11, párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78, primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México. |
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II. |
Que en términos del artículo 81 fracción IV Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México tiene, entre otros fines, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar al Titular del Poder Ejecutivo. |
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III. |
Que de conformidad al artículo 99 fracción I del Código Electoral del Estado de México, corresponde a la Junta General proponer al Consejo General las políticas generales, los programas y los procedimientos administrativos del Instituto Electoral del Estado de México. |
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IV. |
Que atento a lo dispuesto por el artículo 102 fracción XX del Código Electoral de la Entidad, el Secretario Ejecutivo General debe establecer un mecanismo para la difusión inmediata en el Consejo General, de los resultados preliminares de las elecciones de Gobernador, Diputados o Ayuntamientos. Al sistema que se establezca tendrán acceso en forma permanente los miembros del Consejo General. |
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V. |
Que el artículo 142 del Código Electoral del Estado de México, precisa que la etapa de la jornada electoral se inicia a las 8:00 horas del primer domingo de julio del año que corresponda y concluye con la publicación de los resultados electorales en el exterior del local de la casilla y la remisión de la documentación y los expedientes electorales a los respectivos consejos distritales, tratándose de la elección de Gobernador. |
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VI. |
Que la etapa de resultados y declaraciones de validez de la elecciones se inicia, de acuerdo al artículo 143 del Código Electoral del Estado de México, con la recepción de la documentación y los expedientes electorales por los Consejos Distritales, cuando se trate de la elección de Gobernador. |
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VII. |
Que el artículo 251 del Código Electoral del Estado de México, describe las acciones referentes a la información preliminar de los resultados de la elección, al establecer que los Consejos Distritales, en el caso de la elección de Gobernador, harán la suma de las actas de escrutinio y cómputo de las casillas conforme éstas se vayan recibiendo y hasta el vencimiento del plazo legal para la entrega de los paquetes que contengan los expedientes electorales e informarán de ello inmediatamente a la Secretaría Ejecutiva General. |
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VIII. |
Que el artículo 1.43 fracción XV del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, establece la atribución de la Comisión de Organización y Capacitación, relativa a conocer la propuesta del Programa de Resultados Electorales Preliminares que realice la Junta General haciendo las modificaciones que estime convenientes, para su remisión al Consejo General. |
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XI. |
Que la propuesta del Programa de Resultados Electorales Preliminares para la elección de Gobernador PREP 20.11, sometida a la consideración de esta Junta General, tiene como objetivo general: “Proporcionar información veraz y oportuna a los integrantes del Consejo General, a los partidos políticos y a la opinión pública, de los resultados preliminares de la elección de Gobernador del Estado de México que se obtengan el 3 de julio de 2011”.
Asimismo, en el documento en análisis se establece que los objetivos específicos del referido Programa, son:
- Dar cumplimiento a las atribuciones del Secretario Ejecutivo General dispuestas por el Código Electoral del Estado de México en el artículo 102, particularmente la fracción XX; esto de acuerdo a las normas y procedimientos aprobados por el Consejo General, y a los mecanismos de supervisión y seguimiento que determine la Comisión de Organización y Capacitación.
- Asegurar la revisión permanente de las fases, normas y procedimientos del Programa por parte de los integrantes del Consejo General, y de la Comisión de Organización y Capacitación.
- Garantizar la seguridad, confidencialidad, integridad, disponibilidad y transparencia de la información que se registre, integre y difunda, a través del establecimiento de normas y procedimientos en las actividades del Programa; asimismo, facilitar su auditabilidad, sin poner en riesgo la seguridad técnica y operativa del sistema.
- Establecer la documentación a partir de la cual se procesarán los resultados electorales preliminares; así como la necesidad de que exista apoyo para el traslado de los paquetes electorales y de la documentación del PREP, que permitan su arribo oportuno a las sedes de los Consejos Distritales.
- Definir el funcionamiento de los sistemas de cómputo que realizarán la captura, transmisión, integración, validación y publicación de los resultados electorales preliminares, así como sus elementos de estabilidad y seguridad.
- Precisar la estructura de recursos humanos, que realizará la operación del Programa, así como sus funciones y responsabilidades.
- Describir la operación del Programa del día de la jornada electoral, incluyendo el plan de continuidad del mismo.
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X. |
Que el Programa de Resultados Electorales Preliminares que se propone, será ejecutado por el Instituto Electoral del Estado de México por conducto de su Unidad de Informática y Estadística como responsable operativa del diseño, implementación y operación del sistema automatizado que registre, concentre y difunda los resultados preliminares de la jornada electoral del proceso electoral 2011, bajo la coordinación de la Secretaría Ejecutiva General. |
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XI. |
Que esta Junta General estima procedente aprobar la propuesta del Programa de Resultados Electorales Preliminares para la elección de Gobernador PREP 20.11, con las modificaciones realizadas por sus integrantes, toda vez que el referido programa, de aprobarse en definitiva, permitirá que el Consejo General, los partidos políticos y la ciudadanía en general cuenten, en forma veraz y oportuna, con información de los resultados que se generen en la jornada electoral del próximo 3 de julio del año en curso, previa a los cómputos oficiales. |
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En mérito de lo expuesto, fundado y con base además, en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:
PRIMERO.-La Junta General aprueba la propuesta del Programa de Resultados Electorales Preliminares para la elección de Gobernador PREP 20.11, anexo al presente Acuerdo.
SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría de Acuerdos remita la propuesta aprobada a la Comisión de Organización y Capacitación, para los efectos previstos en el artículo 1.43 fracción XV del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México y su posterior remisión al Consejo General.
Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto, en Sesión Ordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día ocho de abril de dos mil once, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL
M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL
SECRETARIO DE ACUERDOS
ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL
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DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN
LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA |
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DIRECTOR DE CAPACITACIÓN
LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA
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DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS
DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ |
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DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN
LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO |
DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORALPROFESIONAL
L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA |
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DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL
LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL |
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