Dictamen
Todas las colaboraciones serán evaluadas por el Comité Editorial, quien emitirá un documento por escrito bajo los siguientes criterios:
- Aceptado. Cuando el dictamen final determina que la obra evaluada sea publicada.
- Aceptado con cambios. En este caso, las observaciones se entenderán estrictamente de forma, por lo que la Secretaría Técnica será la encargada de verificar que se realicen e informará al Comité Editorial. Las y los autores tendrán un plazo de hasta veinte días naturales para hacerlas, aunque, por causa justificada, podrán solicitar una prórroga a la Secretaría Técnica hasta por un plazo igual, quien lo hará del conocimiento al Comité Editorial para que, en un plazo no mayor a tres días hábiles, sus integrantes expresen (por la vía más expedita) su visto bueno.
- Condicionado a cambios. En este sentido se entenderá que la persona que emitió el dictamen consideró modificaciones de fondo en el trabajo, lo que implica que las y los autores tendrán un plazo de hasta treinta días naturales para realizarlas, aunque, por causa justificada, podrán solicitar a la Secretaría Técnica una prórroga hasta por un plazo igual, quien lo hará del conocimiento al Comité Editorial para que, en un plazo no mayor a tres días hábiles, sus integrantes expresen (por la vía más expedita) su visto bueno. La o el especialista que emitió el dictamen verificará y avalará los cambios solicitados, emitiendo un nuevo dictamen en un plazo de hasta veinte días naturales.
- No aceptado. Cuando el dictamen final rechaza la publicación de la obra.