El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 19 de abril del año 2000, se sirvió aprobar lo siguiente:

Acuerdo N° 33
Lineamientos para regular la Propaganda Electoral durante los Procesos Electorales del
Estado de México del año 2000

CONSIDERANDOS

 
I.
Que el Código Electoral del Estado de México en su libro cuarto, título segundo, capítulo segundo, denominado "De las Campañas Electorales", en los artículos 152 a 159, establece las bases y limitaciones que deben observar las campañas electorales; así como, la regulación de los actos de campaña y propaganda electoral que realicen los partidos políticos y los candidatos registrados, para la obtención del voto.
 
II.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 158, establece que los Consejos Distritales y Municipales Electorales, dentro del ámbito de su competencia, velarán por la observancia de las disposiciones que regulan la colocación de propaganda electoral y adoptarán las medidas a que hubiere lugar, para asegurar a partidos políticos y candidatos el pleno ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones en esta materia.
 
III.
Que para la aplicación de las disposiciones legales enunciadas, es necesario que el Consejo General expida los Lineamientos que regulen la materia de Propaganda Electoral que deban seguir los Consejos Distritales y Municipales Electorales, lo cual permitirá regular la propaganda electoral en general; en los bienes propiedad privada; así como la asignación de los lugares de uso común, entre los diferentes partidos políticos que participarán en los Procesos Electorales del año 2000, por los que se elegirán a los Diputados a la LIV Legislatura del Estado y a los integrantes de los 122 Ayuntamientos de la entidad.
 
IV.
Que asimismo, es conveniente que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México establezca la regulación de las actividades de los Consejos Distritales y Municipales, en el tratamiento de las controversias que se susciten entre los Partidos Políticos durante las campañas electorales, estableciendo la normatividad mediante los lineamientos, su competencia y la forma de sustanciarlas, hasta llegar a la propuesta de sanción que realice al Consejo General, vía la Comisión de Radiodifusión y Propaganda del Instituto.
 
V.
Que el Consejo General mediante su acuerdo N° 7, aprobado en la sesión del día 27 de enero del año en curso, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 29 de enero del presente año, creó la Comisión de Radiodifusión y Propaganda.
 
VI.
Que el Consejo General mediante su acuerdo N° 21 aprobado en sesión del día 20 de marzo del presente año, publicado en la Gaceta del Gobierno el mismo día, expidió el Reglamento Interno de la Comisión de Radiodifusión y Propaganda del Instituto Electoral del Estado de México, otorgándole en el artículo 3 fracciones I, III, XII y XIII, como atribuciones las siguientes:
 
I.
Vigilar que los contenidos de la Propaganda Electoral y la difusión de los Partidos Políticos en medios de comunicación, se encuentren apegados a los requisitos exigidos por el Código Electoral del Estado de México, como son la promoción del voto; difusión de documentos básicos; programas y acciones; así como el debate de ideas.
 
III.
Elaborar un reglamento que contenga la normatividad en materia de Propaganda Electoral.
 
XII.
Proponer al Consejo General las sanciones que se consideren convenientes por la violación a las disposiciones del Código Electoral del Estado de México y de los Lineamientos que expida el Consejo General en el que incurran los Partidos Políticos en el ejercicio de sus transmisiones de radio y televisión, y en la distribución, publicación o fijación de su Propaganda Electoral
 
XIII.
Aprobar o modificar las propuestas de sanciones que presenten los Consejos Distritales y Municipales Electorales.
 
VII.
Que la Comisión de Radiodifusión y Propaganda del Instituto, en su sesión del día 12 del mes de abril del año 2000, en ejercicio de sus atribuciones, aprobó el documento denominado Lineamientos para regular la Propaganda Electoral, durante los Procesos Electorales del Estado de México del año 2000, remitiéndolo a la consideración del Consejo General para su aprobación.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

UNICO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprueba el Proyecto de Lineamientos para regular la Propaganda Electoral durante los Procesos Electorales del Estado de México del año 2000, presentado por la Comisión de Radiodifusión y Propaganda y lo convierte en definitivo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo con los Lineamientos para regular la Propaganda Electoral durante los Procesos Electorales del Estado de México del año 2000, en "La Gaceta del Gobierno" del Estado.

SEGUNDO.- Notifíquese a los Consejos Distritales y Municipales Electorales, para su aplicación durante las campañas electorales del año 2000.

Toluca de Lerdo, Méx., a 19 de abril del 2000

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)