El Consejo General
del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión
ordinaria del día 19 de abril del año 2000, se sirvió
aprobar lo siguiente:
Acuerdo N°
33
Lineamientos para regular la Propaganda Electoral
durante los Procesos Electorales del
Estado de
México
del año 2000
CONSIDERANDOS |
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I. |
Que el Código Electoral
del Estado de México en su libro cuarto, título
segundo, capítulo segundo, denominado "De las
Campañas Electorales", en los artículos
152 a 159, establece las bases y limitaciones que deben observar
las campañas electorales; así como, la regulación
de los actos de campaña y propaganda electoral que
realicen los partidos políticos y los candidatos registrados,
para la obtención del voto. |
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II. |
Que el Código Electoral
del Estado de México en su artículo 158, establece
que los Consejos Distritales y Municipales Electorales, dentro
del ámbito de su competencia, velarán por la
observancia de las disposiciones que regulan la colocación
de propaganda electoral y adoptarán las medidas a que
hubiere lugar, para asegurar a partidos políticos y
candidatos el pleno ejercicio de sus derechos y el cumplimiento
de sus obligaciones en esta materia. |
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III. |
Que para la aplicación
de las disposiciones legales enunciadas, es necesario que
el Consejo General expida los Lineamientos que regulen la
materia de Propaganda Electoral que deban seguir los Consejos
Distritales y Municipales Electorales, lo cual permitirá
regular la propaganda electoral en general; en los bienes
propiedad privada; así como la asignación de
los lugares de uso común, entre los diferentes partidos
políticos que participarán en los Procesos Electorales
del año 2000, por los que se elegirán a los
Diputados a la LIV Legislatura del Estado y a los integrantes
de los 122 Ayuntamientos de la entidad. |
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IV. |
Que asimismo, es conveniente que el Consejo
General del Instituto Electoral del Estado de México
establezca la regulación de las actividades de los
Consejos Distritales y Municipales, en el tratamiento de las
controversias que se susciten entre los Partidos Políticos
durante las campañas electorales, estableciendo la
normatividad mediante los lineamientos, su competencia y la
forma de sustanciarlas, hasta llegar a la propuesta de sanción
que realice al Consejo General, vía la Comisión
de Radiodifusión y Propaganda del Instituto. |
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V. |
Que el Consejo General mediante su acuerdo
N° 7, aprobado en la sesión del día 27 de
enero del año en curso, publicado en la Gaceta del
Gobierno el día 29 de enero del presente año,
creó la Comisión de Radiodifusión y Propaganda. |
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VI. |
Que el Consejo General mediante su acuerdo
N° 21 aprobado en sesión del día 20 de marzo
del presente año, publicado en la Gaceta del Gobierno
el mismo día, expidió el Reglamento Interno
de la Comisión de Radiodifusión y Propaganda
del Instituto Electoral del Estado de México, otorgándole
en el artículo 3 fracciones I, III, XII y XIII, como
atribuciones las siguientes: |
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I. |
Vigilar que los contenidos
de la Propaganda Electoral y la difusión de los
Partidos Políticos en medios de comunicación,
se encuentren apegados a los requisitos exigidos por
el Código Electoral del Estado de México,
como son la promoción del voto; difusión
de documentos básicos; programas y acciones;
así como el debate de ideas. |
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III. |
Elaborar un reglamento que contenga la normatividad
en materia de Propaganda Electoral. |
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XII. |
Proponer al Consejo
General las sanciones que se consideren convenientes
por la violación a las disposiciones del Código
Electoral del Estado de México y de los Lineamientos
que expida el Consejo General en el que incurran los
Partidos Políticos en el ejercicio de sus transmisiones
de radio y televisión, y en la distribución,
publicación o fijación de su Propaganda
Electoral |
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XIII. |
Aprobar o modificar
las propuestas de sanciones que presenten los Consejos
Distritales y Municipales Electorales. |
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VII. |
Que la Comisión de Radiodifusión
y Propaganda del Instituto, en su sesión del día
12 del mes de abril del año 2000, en ejercicio de sus
atribuciones, aprobó el documento denominado Lineamientos
para regular la Propaganda Electoral, durante los Procesos
Electorales del Estado de México del año 2000,
remitiéndolo a la consideración del Consejo
General para su aprobación. |
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En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
UNICO.- El Consejo General
del Instituto Electoral del Estado de México, aprueba el
Proyecto de Lineamientos para regular la Propaganda Electoral
durante los Procesos Electorales del Estado de México del
año 2000, presentado por la Comisión de Radiodifusión
y Propaganda y lo convierte en definitivo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese
el presente acuerdo con los Lineamientos para regular la Propaganda
Electoral durante los Procesos Electorales del Estado de México
del año 2000, en "La Gaceta del Gobierno" del
Estado.
SEGUNDO.- Notifíquese
a los Consejos Distritales y Municipales Electorales, para su
aplicación durante las campañas electorales del
año 2000.
Toluca de Lerdo, Méx., a
19 de abril del 2000
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL
CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ
SALCEDO
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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