El Consejo General
del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión
extraordinaria del día 31 de enero del año 2005, se
sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° 7
Programa de Capacitación
Electoral para el Proceso Electoral 2005.
CONSIDERANDO
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I. |
Que la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México,
en su artículo 11 establece que la organización,
desarrollo y vigilancia de los Procesos Electorales para las
elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado
y Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza
a través de un Organismo Público, Autónomo,
dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios
denominado Instituto Electoral del Estado de México,
señalando que el Organo Electoral tendrá a su
cargo, además de las atribuciones que le otorga la
ley, una serie de actividades, entre las cuales se señalan
las relativas a la Capacitación Electoral y Educación
Cívica. |
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II. |
Que el Código Electoral del Estado
de México en su artículo 107 fracciones I y
III, otorga a la Dirección de Capacitación las
atribuciones de elaborar y proponer los Programas de Educación
Cívica, Capacitación Electoral y Difusión
de la Cultura Político-Democrática, que desarrollen
los Organos del Instituto, así como diseñar,
elaborar e integrar el material didáctico y los instructivos
electorales, debiendo someterlos a la aprobación del
Consejo General, a través de la Junta General. |
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III. |
Que la Junta General en ejercicio de
las atribuciones que le confiere el Código Electoral
del Estado de México, en su artículo 99 fracción
II, en sus sesiones celebradas los días 22 de octubre
del 2004 y 29 de noviembre del 2004, conoció y aprobó
respectivamente, la propuesta del Programa de Capacitación
y materiales didácticos e instructivos electorales
para el Proceso Electoral 2005, presentada por la Dirección
de Capacitación del Instituto, para su aplicación
en caso de ser aprobados por el Consejo General, a los ciudadanos
que resulten insaculados. |
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IV. |
Que el Código Electoral del Estado
de México en su artículo 166 relativo al Procedimiento
para la Integración de las Mesas Directivas de Casilla,
establece la facultad del Consejo General, para aprobar el
Programa de Capacitación y los materiales didácticos
que deben utilizar las Juntas Distritales Electorales, en
la impartición de los cursos de capacitación
de los ciudadanos que resulten insaculados y que cumplan con
los requisitos que les exige el Código Electoral del
Estado de México para integrar las Mesas Directivas
de Casilla. |
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V. |
Que el Consejo General en su sesión
del día 31 de agosto del 2004, en su acuerdo N°
38 relativo a los Lineamientos de Organización y Funcionamiento,
de la Comisión de Organización y Capacitación,
otorgó en el artículo 5 fracciones VII y VIII
las atribuciones de conocer, analizar y aprobar la propuesta
que haga la Junta General del Programa de Capacitación,
el material didáctico y los instructivos electorales,
que en materia de capacitación y organización
difunda el Instituto para el Proceso Electoral 2005, para
su remisión al Consejo General y aprobación
definitiva, en su caso. |
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VI. |
Que la Junta General del Instituto, remitió,
a la Comisión de Organización y Capacitación
del Instituto, la propuesta del Programa de Capacitación
Electoral y materiales electorales que fueron aprobados por
ese Organo Central del Instituto, solicitándole someterlo
a la consideración y aprobación, en su caso,
de los integrantes de la misma y, en su oportunidad, a la
consideración y aprobación definitiva del Consejo
General. |
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VII. |
Que la Comisión de Organización
y Capacitación tras diversas reuniones de trabajo,
conoció la propuesta del Programa de Capacitación
Electoral para el Proceso Electoral 2005 y de los materiales
didácticos que fueron remitidos por la Junta General
del Instituto, habiéndose enriquecido y complementado
con las opiniones y sugerencias de sus integrantes, por lo
que en su sesión celebrada el día 25 de enero
del presente año fue aprobado mediante el acuerdo N°
1, el documento y sus anexos, los que se adjuntan al presente
acuerdo, formando parte del mismo acordándose su remisión
para la consideración del Organo Superior de Dirección
y, en su caso, su aprobación definitiva. |
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VIII. |
Que es procedente destacar que el Programa
de Capacitación Electoral que esta ocasión se
presenta contiene como objetivo general Promover la participación
responsable e informada de ciudadanos, con base en la normatividad
electoral de la entidad, para que integren las mesas directivas
de casilla, previo procesos de insaculación y capacitación,
que se desarrollen de manera oportuna y adecuada, en aras
de garantizar la certeza, legalidad, imparcialidad, independencia
y objetividad en los trabajos referentes a la recepción,
emisión y conteo de los votos durante el día
de la jornada electoral para elegir al Gobernador del Estado
de México el 3 de julio de 2005. |
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IX. |
Que el Programa de Capacitación
al contener como uno de los primeros actos preparatorios del
Proceso Electoral 2005, el procedimiento de la primera insaculación
de ciudadanos que debe realizar el Consejo General y como
consecuencia de ello será procedente que una vez aprobado
el programa, se proceda por el Consejo General a llevar a
cabo el procedimiento de la primera insaculación de
ciudadanos en términos de lo que señala el Código
Electoral del Estado de México en sus artículos
95 fracción XX y 166. |
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X. |
Que la Comisión de Organización,
mediante oficio N° IEEM/DC/ST/0214/2005, de fecha 26 de
enero del año en curso, remitió a la Secretaría
General, el acuerdo N° 1, el programa y sus anexos, solicitando
someterlo a la consideración del Consejo General. |
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XI. |
Que el programa de capacitación
y materiales electorales e instructivos que se presentan reúnen
los requisitos legales, académicos y formales que se
requieren, razón por la que el Consejo General con
fundamento en lo dispuesto por el Código Electoral
del Estado de México en su artículo 95 fracción
XLVIII, estima procedente aprobarlos en los términos
que se presentan por la Comisión de Organización
y Capacitación y que como anexos formarán parte
del presente acuerdo. |
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En mérito de lo anterior se expide el siguiente:
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ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo General aprueba
en sus términos el Acuerdo N° 1 que presenta la Comisión
de Organización y Capacitación del Instituto, relativo
al Programa de Capacitación para el Proceso Electoral 2005
y los materiales didácticos e instructivos, formando parte
integrante del presente acuerdo.
SEGUNDO.-
El Consejo General procederá a llevar a cabo el procedimiento
de la primera insaculación de ciudadanos a fin de determinar
el mes en que hayan nacido los ciudadanos quienes serán potencialmente
los funcionarios de mesas directivas de casilla, en términos
de lo establecido en el Programa de Capacitación que se aprueba.
TERCERO.-
Procédase, una vez que se instalen formalmente las Juntas
Distritales Electorales del Instituto, hacer del conocimiento el
presente acuerdo y sus anexos; para su aplicación en la capacitación
de los ciudadanos que resulten insaculados para integrar las Mesas
Directivas de Casilla en el Proceso Electoral 2005.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese
el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México,
con el resumen ejecutivo del Programa de Capacitación para
el Proceso Electoral 2005.
Toluca de Lerdo, México, a
31 de enero del 2005.
“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A
T E N T A M E N T E
EL
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC.
JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO
DEL CONSEJO GENERAL
LIC.
EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)
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