El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 31 de enero del año 2005, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° 7
Programa de Capacitación Electoral para el Proceso Electoral 2005.

CONSIDERANDO

 
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 11 establece que la organización, desarrollo y vigilancia de los Procesos Electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un Organismo Público, Autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios denominado Instituto Electoral del Estado de México, señalando que el Organo Electoral tendrá a su cargo, además de las atribuciones que le otorga la ley, una serie de actividades, entre las cuales se señalan las relativas a la Capacitación Electoral y Educación Cívica.
   
II.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 107 fracciones I y III, otorga a la Dirección de Capacitación las atribuciones de elaborar y proponer los Programas de Educación Cívica, Capacitación Electoral y Difusión de la Cultura Político-Democrática, que desarrollen los Organos del Instituto, así como diseñar, elaborar e integrar el material didáctico y los instructivos electorales, debiendo someterlos a la aprobación del Consejo General, a través de la Junta General.
   
III.
Que la Junta General en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 99 fracción II, en sus sesiones celebradas los días 22 de octubre del 2004 y 29 de noviembre del 2004, conoció y aprobó respectivamente, la propuesta del Programa de Capacitación y materiales didácticos e instructivos electorales para el Proceso Electoral 2005, presentada por la Dirección de Capacitación del Instituto, para su aplicación en caso de ser aprobados por el Consejo General, a los ciudadanos que resulten insaculados.
   
IV.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 166 relativo al Procedimiento para la Integración de las Mesas Directivas de Casilla, establece la facultad del Consejo General, para aprobar el Programa de Capacitación y los materiales didácticos que deben utilizar las Juntas Distritales Electorales, en la impartición de los cursos de capacitación de los ciudadanos que resulten insaculados y que cumplan con los requisitos que les exige el Código Electoral del Estado de México para integrar las Mesas Directivas de Casilla.
   
V.
Que el Consejo General en su sesión del día 31 de agosto del 2004, en su acuerdo N° 38 relativo a los Lineamientos de Organización y Funcionamiento, de la Comisión de Organización y Capacitación, otorgó en el artículo 5 fracciones VII y VIII las atribuciones de conocer, analizar y aprobar la propuesta que haga la Junta General del Programa de Capacitación, el material didáctico y los instructivos electorales, que en materia de capacitación y organización difunda el Instituto para el Proceso Electoral 2005, para su remisión al Consejo General y aprobación definitiva, en su caso.
   
VI.
Que la Junta General del Instituto, remitió, a la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto, la propuesta del Programa de Capacitación Electoral y materiales electorales que fueron aprobados por ese Organo Central del Instituto, solicitándole someterlo a la consideración y aprobación, en su caso, de los integrantes de la misma y, en su oportunidad, a la consideración y aprobación definitiva del Consejo General.
   
VII.
Que la Comisión de Organización y Capacitación tras diversas reuniones de trabajo, conoció la propuesta del Programa de Capacitación Electoral para el Proceso Electoral 2005 y de los materiales didácticos que fueron remitidos por la Junta General del Instituto, habiéndose enriquecido y complementado con las opiniones y sugerencias de sus integrantes, por lo que en su sesión celebrada el día 25 de enero del presente año fue aprobado mediante el acuerdo N° 1, el documento y sus anexos, los que se adjuntan al presente acuerdo, formando parte del mismo acordándose su remisión para la consideración del Organo Superior de Dirección y, en su caso, su aprobación definitiva.
   
VIII.
Que es procedente destacar que el Programa de Capacitación Electoral que esta ocasión se presenta contiene como objetivo general Promover la participación responsable e informada de ciudadanos, con base en la normatividad electoral de la entidad, para que integren las mesas directivas de casilla, previo procesos de insaculación y capacitación, que se desarrollen de manera oportuna y adecuada, en aras de garantizar la certeza, legalidad, imparcialidad, independencia y objetividad en los trabajos referentes a la recepción, emisión y conteo de los votos durante el día de la jornada electoral para elegir al Gobernador del Estado de México el 3 de julio de 2005.
   
IX.
Que el Programa de Capacitación al contener como uno de los primeros actos preparatorios del Proceso Electoral 2005, el procedimiento de la primera insaculación de ciudadanos que debe realizar el Consejo General y como consecuencia de ello será procedente que una vez aprobado el programa, se proceda por el Consejo General a llevar a cabo el procedimiento de la primera insaculación de ciudadanos en términos de lo que señala el Código Electoral del Estado de México en sus artículos 95 fracción XX y 166.
   
X.
Que la Comisión de Organización, mediante oficio N° IEEM/DC/ST/0214/2005, de fecha 26 de enero del año en curso, remitió a la Secretaría General, el acuerdo N° 1, el programa y sus anexos, solicitando someterlo a la consideración del Consejo General.
   
XI.
Que el programa de capacitación y materiales electorales e instructivos que se presentan reúnen los requisitos legales, académicos y formales que se requieren, razón por la que el Consejo General con fundamento en lo dispuesto por el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XLVIII, estima procedente aprobarlos en los términos que se presentan por la Comisión de Organización y Capacitación y que como anexos formarán parte del presente acuerdo.
 
   
En mérito de lo anterior se expide el siguiente:
 
ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General aprueba en sus términos el Acuerdo N° 1 que presenta la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto, relativo al Programa de Capacitación para el Proceso Electoral 2005 y los materiales didácticos e instructivos, formando parte integrante del presente acuerdo.

SEGUNDO.- El Consejo General procederá a llevar a cabo el procedimiento de la primera insaculación de ciudadanos a fin de determinar el mes en que hayan nacido los ciudadanos quienes serán potencialmente los funcionarios de mesas directivas de casilla, en términos de lo establecido en el Programa de Capacitación que se aprueba.

TERCERO.- Procédase, una vez que se instalen formalmente las Juntas Distritales Electorales del Instituto, hacer del conocimiento el presente acuerdo y sus anexos; para su aplicación en la capacitación de los ciudadanos que resulten insaculados para integrar las Mesas Directivas de Casilla en el Proceso Electoral 2005.

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, con el resumen ejecutivo del Programa de Capacitación para el Proceso Electoral 2005.

Toluca de Lerdo, México, a 31 de enero del 2005.

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)

ANEXO