El Consejo General
del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión
extraordinaria del día 31 de enero del año 2005, se
sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° 10
Manual de Operación
del Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos
y Contratación de
Servicios del Instituto Electoral
del Estado de México.
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México
en su artículo 11, dispone que la organización,
desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las
elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado
y Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza
a través de un organismo público autónomo,
dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios,
denominado Instituto Electoral del Estado de México;
asimismo dispone que el Instituto será autoridad en
la materia, independientemente de sus decisiones y funcionamiento
profesional en su esempeño; además que contará
en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos,
técnicos y de vigilancia.
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II. |
Que el Código Electoral del Estado
de México en su artículo 95 fracción
XXXIV, dispone que el Consejo General tiene entre sus atribuciones,
la de aprobar las políticas generales, los programas
y los procedimientos administrativos del Instituto que le
proponga la Junta General. |
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III. |
Que el Código Electoral del Estado
de México en su artículo 99 fracción
I, dispone que la Junta General tiene entre sus atribuciones,
la de proponer al Consejo General las políticas generales,
los programas y los procedimientos administrativos del Instituto. |
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IV. |
Que el Consejo General en su sesión
ordinaria de fecha 26 de agosto del año 2002, aprobó
el Acuerdo No. 26, publicado en la Gaceta del Gobierno de
fecha 29 de agosto del mismo año, referente a la Normatividad
y Procedimientos para la Administración de los Recursos
Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del
Instituto Electoral del Estado de México, que faculta
a la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas
y Financieras del Instituto para aprobar el Manual de Operación
del Comité Único de Adquisiciones previo al
Consejo, tal como lo indica en su Artículo 10, fracción
III, inciso b). |
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V. |
Que la Comisión de Vigilancia
de las Actividades Administrativas y Financieras en su Sesión
Ordinaria de fecha 30 de junio del año 2004, aprobó
su Acuerdo No. 1, el cual indica en su Transitorio Segundo
solicitar al Consejo General instruya al Comité Único
de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios del Instituto
Electoral del Estado de México, proceda a elaborar
su Manual de Operación, mismo que someterá a
consideración del Consejo General para su aprobación
definitiva. |
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VI. |
Que el Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 29 de julio de 2004, aprobó mediante su acuerdo No. 32, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 30 de julio del mismo año, las Reformas y Adiciones a la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del Instituto Electoral del Estado de México, en el cual se reforma el Artículo 2, fracción IV, cambiando la denominación de “Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos, Mantenimientos, Servicios y Almacenes del Instituto Electoral del Estado de México” por “Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto Electoral del Estado de México”. |
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VII. |
Que con el acuerdo citado en el considerando
anterior, también se actualizó la integración
y denominación del Comité Único de Adquisiciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios, quedando
conformado de la siguiente manera: |
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a) |
El Titular
de la Dirección de Administración, quien fungirá
como Presidente y participará con voz y voto; |
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b) |
Un Secretario Ejecutivo,
el cual será designado por el Presidente y participará
con voz; |
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c) |
El Titular de la Dirección
General con funciones de Vocal, quien participará con
voz y voto; |
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d) |
El Titular de la Unidad
de Asesoría Jurídica y Consultiva quien fungirá
como Vocal y participará sólo con voz; |
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e) |
El Titular de la Unidad
Administrativa Interesada, quien fungirá como Vocal
y participará con voz y voto; |
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f)
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El Titular de la Contraloría
Interna quien fungirá como Vocal y participará
sólo con voz. |
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Asimismo, le confirió la responsabilidad de elaborar su Manual de Operaciones para someterlo en su oportunidad a la consideración del Consejo General para su aprobación definitiva. |
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VIII. |
Que el Comité
elaboró y aprobó su Manual de Operación,
en Sesión Ordinaria de fecha veintiocho de septiembre
del 2004, de conformidad con lo señalado por el artículo
12 fracción I inciso b) de la Normatividad y Procedimientos
para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros,
Materiales y Servicios Generales del Instituto, acordando
someterlo a la consideración de la Junta General. |
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IX. |
Que la Junta
General, en sesión celebrada en fecha 21 de diciembre
del 2004, aprobó el Manual de Operación del
Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos
y Contratación de Servicios del Instituto, acordando
remitirlo a la consideración de la Comisión
de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras
del Instituto. |
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X. |
Que la Secretaria
General, mediante oficio No. IEEM/SG/062/2005, de fecha 13
de enero de 2005, con fundamento en el artículo 11,
fracción III, inciso a), de la Normatividad y Procedimientos
para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros,
Materiales y Servicios Generales, remitió a la Comisión
de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras,
el Manual de Operaciones del Comité Único de
Adquisiciones del Instituto Electoral del Estado de México.
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XI. |
Que la Comisión
de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras
en su sesión celebrada en fecha 28 de enero del año
en curso, aprobó mediante acuerdo No. 1, el Manual
de Operación del Comité Único de Adquisiciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto,
acordando someterlo a la consideración del Consejo
General para su aprobación definitiva. |
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En mérito
de lo anterior se expide el siguiente: |
ACUERDO
UNICO.-
El Consejo General aprueba en sus términos el acuerdo N°
1 de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas
y Financieras del Instituto, relativo al Manual de Operación
del Comité Unico de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación
de Servicios del Instituto Electoral del Estado de México,
convirtiéndolo en definitivo, formando parte integrante del
presente acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.-
Publíquese el presente acuerdo en el periódico oficial
Gaceta del Gobierno del Estado de México.
SEGUNDO.-
Notifíquese a los integrantes del Comité Único
de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios
del Instituto el presente acuerdo para su cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México,
a 31 de enero del 2005.
“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A
T E N T A M E N T E
EL
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC.
JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC.
EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)
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