El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 5 de abril del año 2005, se sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° 38
Modificación al Manual de Organización del Instituto Electoral del
Estado de México
para reestructurar la Unidad de Comunicación Social
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 señala que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público, autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, diputados a la Legislatura del Estado y de miembros de los ayuntamientos; será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño; contando en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia. |
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II. |
Que el Código en cita en el artículo 82, párrafos primero y segundo, establece que las actividades del Instituto se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad y que para el desempeño de sus actividades contará con el personal calificado necesario para prestar el Servicio Electoral Profesional. |
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III. |
Que el Código Electoral del Estado de México establece en el artículo 95 fracción XI, que es atribución del Consejo General vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles. |
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IV. |
Que el Consejo General en su sesión del día 30 de marzo del año 2001, aprobó mediante acuerdo número 8, publicado en la “Gaceta del Gobierno” del 27 de abril del mismo año, el Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México, documento que contiene la estructura de organización y funcionamiento de todas las áreas del Instituto, sustentándose con precisión el objetivo, las atribuciones, las funciones y las actividades del órgano central, dentro del cual las áreas administrativas se encuentra la Unidad de Comunicación Social que está adscrita al Consejo General. |
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V. |
Que en fecha 28 de febrero de este año el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales rubricaron un escrito dirigido al Director General, a través del cual le manifiestan que la Unidad de Comunicación Social requiere de una reestructuración a su interior con el objeto de fortalecerla a efecto de que las actividades que el Consejo General le encomiende se lleven a cabo con la participación de profesionales en diversas áreas afines a los objetivos de la Unidad de Comunicación Social. |
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VI. |
Que en el mismo escrito se hace del conocimiento del Director General que la titular de la Unidad de Comunicación Social instruida por los propios Consejeros Electorales, le hizo llegar una propuesta de reestructuración de su área, misma que consideraron oportuna y adecuada para dar cumplimiento, a las actividades que tiene encomendadas en el Programa Anual de Actividades 2005. |
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VII. |
Que la reestructuración correspondiente consiste específicamente en los términos del anexo que forma parte del presente acuerdo, particularmente con la creación de nuevas áreas, con puestos permanentes y temporales, a fin de eficientar su funcionamiento. |
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VIII. |
Que la Junta General en sesión extraordinaria celebrada el 31 de marzo del año en curso, aprobó el documento que contiene la reestructuración de la Unidad de Comunicación Social, tomando en cuenta las observaciones vertidas por los Consejeros Electorales. |
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IX. |
Que las opiniones y observaciones vertidas por los Consejeros Electorales que recogen y sustentan el Acuerdo de la Junta General, permiten que el Consejo General se pronuncie por la modificación al Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México en la parte relativa a la Unidad de Comunicación Social. |
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En mérito de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México ha tenido a bien expedir el siguiente: |
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ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México modifica el acuerdo N° 8 de fecha 30 de marzo del año 2001, publicado en la Gaceta del Gobierno en la misma fecha, en el apartado de unidades de apoyo adscritas al Consejo General, en especial el relacionado con la Unidad de Comunicación Social.
SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección General para que, conforme a la disposición presupuestaria del presente ejercicio, otorgue los recursos humanos y materiales necesarios para el cumplimiento del presente acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.
SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección General para proveer los recursos humanos y materiales que sean indispensables para la reestructuración de la Unidad de Comunicación Social, informando en su oportunidad al Consejo General.
Toluca de Lerdo, México, a 5 de abril del 2005.
“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)
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