El
Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México,
en su sesión Ordinaria del día veinticinco de noviembre
del año dos mil cinco, se sirvió expedir el siguiente
Acuerdo
No. 146
Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de México.
CONSIDERANDO
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I. |
Que la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México,
en el artículo 11 señala que el Instituto Electoral
del Estado de México, es el organismo público,
autónomo, dotado de personalidad jurídica y
patrimonio propios, encargado de la función estatal
de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales
para las Elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura
del Estado y Ayuntamientos. Estableciendo asimismo, en su
párrafo segundo, que contará con Organos de
Dirección entre los que se encuentra el Consejo General,
como su Organo Superior de Dirección. |
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II. |
Que el artículo
79 del ordenamiento legal en cita, establece que el Instituto
se regirá para su organización, funcionamiento
y control por las disposiciones constitucionales relativas
y las del propio Código Electoral. |
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III. |
Que el Código
Comicial del Estado de México, en términos del
artículo 84, establece que los órganos centrales
del Instituto Electoral del Estado de México son: El
Consejo General, la Junta General y la Dirección General. |
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IV. |
Que el artículo
85 del Código Electoral de la entidad, prevé
que el Consejo General del Instituto, es el órgano
superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento
de las disposiciones constitucionales y legales en materia
electoral; así como el de observar que todas las actividades
del Instituto se constriñan a los principios de certeza,
legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad. |
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V. |
Que el mismo
ordenamiento en su artículo 95, fracción I,
determina como una atribución del Consejo General la
de expedir los reglamentos interiores que sean necesarios
para el buen funcionamiento del Instituto. |
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VI. |
Que el artículo
95 fracción XI, del Código Electoral del Estado
de México, establece que es atribución del Consejo
General, vigilar la oportuna integración, instalación
y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto,
lo que obviamente incluye su propia operación y funcionamiento. |
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VII. |
Que el Código
Electoral del Estado de México, en el artículo
96 fracción I, establece que el Consejero Presidente
tiene como atribución velar por la unidad y cohesión
de las actividades de los órganos del Instituto, lo
cual se refiere entre otros aspectos, a dotar a los órganos
del Instituto de los elementos normativos que permitan que
éstos actúen de manera eficaz, sistemática
y cohesionada. |
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VIII. |
Que el Consejo General,
en todo momento ha ceñido su actuar, en apego a los
atribuciones que le son otorgadas por la Constitución
Política de la entidad y el Código Electoral
del Estado de México, observando en todo momento el
cumplimiento fiel de los principios rectores que señala
el artículo 82 del Código referido, mismos que
enmarcan el desarrollo de las actividades del Instituto; por
lo que resulta imperioso la creación de instrumentos
normativos que coadyuven a eficientar la labor institucional. |
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IX. |
Por lo anterior y toda
vez que resulta necesario contar con un ordenamiento que regule
las sesiones del Consejo General, sus diferentes tipos y modalidades,
así como las atribuciones y facultades de los integrantes
del Órgano Superior de Dirección, es por lo
que la Presidencia del Instituto presenta ante este Cuerpo
Colegiado el proyecto de Reglamento de sesiones del Consejo
General para que en su caso, sea aprobado. |
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En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
ÚNICO.- Se aprueba,
en todos sus términos, el Reglamento de Sesiones del
Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México,
mismo que se anexa al presente, formando parte del mismo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese
el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial
Gaceta del Gobierno del Estado de México.
SEGUNDO.- El Reglamento
de Sesiones del Consejo General entrará en vigor a
partir de su aprobación.
Toluca de Lerdo, México,
a 25 de noviembre del 2005.
"TU HACES
LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE
DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE
NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)
SECRETARIA DEL CONSEJO
GENERAL
LIC. FLOR DE MARIA
HUTCHINSON VARGAS
(RUBRICA)
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