INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
Sesión Extraordinaria del día veintiocho de junio del año dos mil diez
ACUERDO N°. IEEM/CG/23/2010
Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México
Visto el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
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II. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 79, párrafo primero, señala que el Instituto Electoral del Estado de México se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código Electoral.
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III. |
Que en términos de la fracción XI del artículo 99, del Código Electoral del Estado de México, corresponde al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México la aprobación respecto de la propuesta que le realice la Junta General, del Manual de Organización del propio Instituto.
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IV. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria de fecha treinta de marzo de dos mil uno, aprobó mediante Acuerdo número 8 (ocho), el Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México. |
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V. |
Que el Órgano Superior de Dirección del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria de fecha cinco de abril de dos mil cinco, modificó mediante Acuerdo número 38 (treinta y ocho), el Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México, para reestructurar la Unidad de Comunicación Social. |
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VI. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria celebrada en fecha dieciséis de junio de dos mil ocho modificó mediante Acuerdo número CG/20/2008 (CG/veinte/dos mil ocho), el Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México, por cuanto hace al organigrama de la Dirección de Administración. |
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VII. |
Que para cumplimentar el Transitorio Quinto del Estatuto del Servicio Electoral Profesional, es necesario que el Instituto Electoral del Estado de México cuente con su Manual de Organización debidamente actualizado.
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VIII. |
Que la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria celebrada en fecha veintitrés de junio de dos mil diez, aprobó mediante Acuerdo número IEEM/JG/14/2010 (IEEM/JG/catorce/dos mil diez), la propuesta del Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México y ordenó que por conducto del Secretario Ejecutivo General fuera sometida a consideración del Consejo General, para su conocimiento y en su caso, aprobación definitiva. |
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IX. |
Que este Consejo General, una vez que conoció la propuesta referida en el Considerando que antecede, advierte que la misma se ajusta plenamente a la organización estructural y operativa que actualmente impera al interior del Instituto Electoral del Estado de México, en tal virtud, se pronuncia por su aprobación definitiva, a efecto de que el Instituto Electoral del Estado de México cuente con el documento en el que conste su organización estructural y funcional y se pueda cumplimentar, además, el Transitorio Quinto del Estatuto del Servicio Electoral Profesional. |
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En mérito de lo anterior, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, expide el siguiente:
PRIMERO.- Se aprueba el Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México, adjunto al presente Acuerdo y que forma parte del mismo.
SEGUNDO.- Se abroga el Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México, aprobado mediante Acuerdo número 8 (ocho), de este Órgano Superior de Dirección, en sesión ordinaria de fecha treinta de marzo de dos mil uno.
TERCERO.- Se instruye a la Secretaría Ejecutiva General, haga del conocimiento de las áreas del Instituto Electoral del Estado de México, el Manual de Organización aprobado.
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la página web del Instituto Electoral del Estado de México.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Aprobado por unanimidad de votos y firmándose para constancia legal conforme a lo dispuesto por los artículos 97 fracción IX y 102 fracción XXXI del Código Electoral del Estado de México y 7 inciso n) del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Toluca, México a veintiocho de junio de dos mil diez.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL |