INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
Sesión Extraordinaria del día once de agosto del año dos mil diez
ACUERDO N°. IEEM/CG/31/2010
Material Didáctico para el Curso de Formación de Aspirantes a Vocales Distritales 2010.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y
RESULTANDO |
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1. |
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria de fecha doce de agosto de dos mil nueve aprobó, mediante Acuerdo número CG/154/2009, el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2010, mismo que fue adecuado por el propio Órgano Superior de Dirección mediante Acuerdo número IEEM/CG/03/2010, emitido en sesión ordinaria del día veintiocho de enero del año en curso. |
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2. |
Que el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2010, en su línea de acción 6, Proyecto Especifico 1, actividad 2, encomienda a la Dirección del Servicio Electoral Profesional la actividad de elaborar los materiales didácticos correspondientes. |
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3. |
Que la Dirección del Servicio Electoral Profesional, elaboró la propuesta del “Material didáctico para el curso de formación de aspirantes a vocales distritales 2010”, con la participación de las Direcciones de área. |
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4. |
Que la Comisión del Servicio Electoral Profesional, en sesión ordinaria de fecha diecinueve de julio del presente año, aprobó a través del Acuerdo número 3, el “Material didáctico para el curso de formación para aspirantes a vocales distritales 2010”, que fue remitido a la Junta General para su estudio, aprobación y posterior remisión al Consejo General para su aprobación definitiva de ser el caso. |
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5. |
Que la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día veintitrés de julio del presente año, conoció el material didáctico para el curso de formación de aspirantes a vocales distritales 2010, realizó aportaciones que fueron incluidas y una vez que lo aprobó mediante Acuerdo número IEEM/JG/18/2010, ordenó que por conducto del Secretario Ejecutivo General fuera sometido a consideración del Consejo General para su conocimiento y en su caso, aprobación definitiva, y |
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CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
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II. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 79, párrafo primero, señala que el Instituto Electoral del Estado de México se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código.
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III. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 82, párrafos primero y segundo, establece que las actividades del Instituto Electoral del Estado de México se regirán entre otros principios, por el de profesionalismo; y que para el desempeño de sus actividades contará con el personal calificado necesario para prestar el Servicio Electoral Profesional.
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IV. |
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 109 bis, fracción II, dispone que la Dirección del Servicio Electoral Profesional tiene la atribución de cumplir las normas y procedimientos del Servicio Electoral Profesional. |
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V. |
Que conforme a lo dispuesto por el artículo 10, fracción IX, del Estatuto del Servicio Electoral Profesional del Instituto Electoral del Estado de México, la Junta General, con relación al Servicio Electoral Profesional de este Instituto, aprobará los planes de profesionalización y los procedimientos de evaluación, a propuesta de la Dirección del Servicio Electoral Profesional, conjuntamente con la Comisión del Servicio Electoral Profesional, para someterlos a la aprobación del Consejo General. |
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VI. |
Que este Consejo General, una vez que analizó y conoció el material didáctico para el curso de formación de aspirantes a vocales distritales 2010, estima que su contenido resulta adecuado para alcanzar el objetivo que persigue el curso de formación ya referido, en tal virtud, se pronuncia por su aprobación definitiva. |
En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 3 párrafo primero, 85, 92 párrafos cuarto y séptimo y 94 del Código Electoral del Estado de México y 6 incisos a) y e), 49, 52 párrafo primero, 56 y 57 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:
PRIMERO.- Se aprueba el “Material didáctico para el curso de formación de aspirantes a vocales distritales 2010”, conforme al documento anexo al presente Acuerdo el cual forma parte del mismo.
SEGUNDO.- Se instruye al Secretario Ejecutivo General, remita copia del presente Acuerdo y su anexo al Director del Servicio Electoral Profesional de este Instituto, para los efectos de hacer de su conocimiento la aprobación del material aprobado, se imprima y realice su consecuente distribución.
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la pagina web del Instituto Electoral del Estado de México.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir de su aprobación en el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día once de agosto de dos mil diez y firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 97, fracción IX y 102, fracción XXXI, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n), del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL
SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL |