INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

CONSEJO GENERAL

Sesión Extraordinaria del día veinticuatro de abril del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/CG/44/2011

Adjudicación de las Licitaciones Públicas Nacionales IEEM/LPN/06/2011 e IEEM/LPN/13/2011, relativas a la primera etapa de adquisición de material electoral para el Proceso Electoral 2011.

Visto por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y

R E S U L T A N D O

   
1.
Que la H. “LVII” Legislatura del Estado, expidió el decreto número 234, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno” el día tres de diciembre del mismo año, en donde convocó a los ciudadanos del Estado de México y a los partidos políticos con derecho a participar, en la elección ordinaria para elegir al Gobernador Constitucional de la Entidad, para el periodo comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil once al quince de septiembre de dos mil diecisiete.
   
2.
Que el Órgano Superior de Dirección del Instituto Electoral del Estado de México, celebró sesión solemne el día dos de enero del año en curso por la que, con fundamento en los artículos 92 párrafo segundo y 139, del Código Electoral del Estado de México, inició el proceso electoral ordinario por el que se elegirá al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, para el periodo constitucional comprendido del día dieciséis de septiembre de año dos mil once al día quince de septiembre del año dos mil diecisiete.
   
3.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día treinta de diciembre del año dos mil once, aprobó mediante Acuerdo número IEEM/CG/59/2010, el Diseño del Material Electoral para el Proceso Electoral 2011 del Estado de México.
   
4.
Que el Consejo General, a través del Punto Tercero del Acuerdo mencionado en el Resultando anterior, instruyó al Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto Electoral del Estado de México, convocar a la Licitación Pública correspondiente para la adquisición de los materiales electorales, de conformidad a lo ordenado por la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos del Instituto Electoral del Estado de México; reservándose la adjudicación del concurso para que la realice el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4, inciso d), de la Normatividad referida.
   
5. Que el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto, en su Décima Quinta Sesión de fecha veinticuatro de marzo del año dos mil once, mediante acuerdos IEEM/CAE/52/2011 e IEEM/CAE/54/2011, aprobó la documentación preparatoria, consistente en calendario, convocatoria y bases concursales para la celebración de los procedimientos de Licitación Pública Nacional números IEEM/LPN/06/2011 e IEEM/LPN/13/2011 respectivamente, relativos a la adquisición de material electoral para el Proceso Electoral 2011.
   
6. Que de conformidad con lo estipulado en las bases concursales que sustentan las licitaciones objeto del presente Acuerdo, el Instituto Electoral del Estado de México, a través de la Secretaría Ejecutiva General y de la Dirección de Administración, ordenó la publicación de la convocatoria en la página electrónica del propio Instituto y en el diario de circulación local “El Sol de Toluca” así como en los diarios de circulación nacional “El Universal” y “La Jornada” el día veintiocho de marzo del año dos mil once y el día veintinueve del mismo mes y año en “El Financiero”, “Excelsior” y “Milenio Diario”.
   
7. Que el período de venta de las Bases Concursales de la Licitación Pública Nacional número IEEM/LPN/06/2011, se llevó a cabo los días veintiocho, veintinueve y treinta de marzo del año dos mil once.
   
8. Que el período de venta de las Bases Concursales de la Licitación Pública Nacional número IEEM/LPN/13/2011, se llevó a cabo los días veintiocho, veintinueve, treinta y treinta y uno de marzo del año dos mil once.
   
9. Que en los procedimientos de licitación que nos ocupan, se llevaron a cabo las Juntas Aclaratorias y los Actos de Presentación, Apertura y Evaluación de Propuestas, en las fechas que a continuación se indican:

La Junta Aclaratoria del procedimiento número IEEM/LPN/06/2011 se llevó a cabo el día treinta y uno de marzo del año dos mil once.

La Junta Aclaratoria del procedimiento número IEEM/LPN/13/2011 se llevó a cabo el día primero de abril del año dos mil once.

El Acto de Presentación, Apertura y Evaluación de Propuestas Técnicas, del procedimiento número IEEM/LPN/06/2011 se llevó a cabo el cinco de abril del año dos mil once.

El Acto de Presentación, Apertura y Evaluación de Propuestas del procedimiento número IEEM/LPN/13/2011 se llevó a cabo el día seis de abril del año dos mil once.

Las empresas que se presentaron a estas actividades se indican en el Resultando 9 del proyecto de dictamen del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios adjunto al presente Acuerdo.

   
10. Que el Presidente del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios, sometió a consideración de sus integrantes la posibilidad de elaborar el proyecto de dictamen de adjudicación respecto de los procedimientos de las Licitaciones Públicas Nacionales ya mencionadas, que contenga las mejores condiciones para el Instituto Electoral del Estado de México, previo análisis de las propuestas presentadas a dicho Comité; así como declarar desierta la partida 1 del procedimiento IEEM/LPN/06/2011 y partida 3, subpartida 2 de la partida 5 del procedimiento IEEM/LPN/13/2011.
   
11. Que derivado de que la partida número 1, referente al material de cartón corrugado se declaró desierta en el procedimiento de Licitación Pública Nacional número IEEM/LPN/06/2011, el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios procedió a realizar un procedimiento de Invitación Restringida para la adquisición de dicho material, de acuerdo con lo estipulado en la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos del Instituto Electoral del Estado de México.
   
12. Que derivado de que la partida número 3, referente al material de rafia y subpartida 2 de la partida 5 referente al sello de goma con la marca (X) se declararon desiertas, el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios procederá a realizar los procedimientos adquisitivos correspondientes para adquirir el referido material, de acuerdo con lo estipulado en la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos del Instituto Electoral del Estado de México.
   
13. Que el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto Electoral del Estado de México, en sus Sesiones Extraordinarias Décima Sexta y Décima Séptima, celebradas los días trece y quince de abril del año dos mil once, respectivamente, aprobó los Acuerdos números 064 y 067, que denominó “Proyecto de Dictamen de Adjudicación de los Procedimientos de la Licitación Pública Nacional números IEEM/LPN/06/2011 e IEEM/LPN/13/2011, relativos a la Adquisición de Material Electoral para el Proceso Electoral 2011”.
   
14. Que mediante oficio número IEEM/CAEACS/420/2011, de fecha diecinueve de abril del año dos mil once, el Presidente del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto Electoral del Estado de México remitió a la Secretaría Ejecutiva General el proyecto de dictamen mencionado en el Considerando anterior, a efecto de que por su conducto fuera puesto a consideración del Consejo General para su análisis y la emisión de la adjudicación y el fallo correspondiente; y
   
C O N S I D E R A N D O
   
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México
   
II.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 129, en sus párrafos primero, segundo y tercero, refiere que

Los recursos económicos de los organismos autónomos, se administrarán con eficiencia, eficacia y honradez, para cumplir con los objetivos y programas a los que estén destinados.

Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, la prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra se llevará a cabo y se adjudicará por medio de licitaciones públicas mediante convocatoria pública, para que se presenten propuestas en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Cuando las licitaciones a las que hace referencia el párrafo anterior no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado, los municipios y los órganos autónomos.

   
III.
Que atento a lo dispuesto por la fracción LV del artículo 95 del Código Electoral del Estado de México, en relación con el inciso d) del artículo 4 de la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos del Instituto Electoral del Estado de México, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, tiene la atribución de adjudicar los procesos adquisitivos de material y documentación electoral.
   
IV.
Que este Órgano Superior de Dirección, una vez analizado el proyecto de dictamen referido en el Resultando 13 del presente Acuerdo, considera que los procedimientos de licitación motivo del presente Acuerdo, se ajusta a las disposiciones de la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos del Instituto Electoral del Estado de México y que las propuestas de adjudicación ofrecen las mejores condiciones técnicas y económicas para la adquisición de material electoral del proceso electoral 2011.

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 3 párrafo primero, 85, 92 párrafos cuarto y séptimo y 94 del Código Electoral del Estado de México y 6 incisos a) y e), 49, 52 párrafo primero, 56 y 57 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprueba el “Proyecto de Dictamen de Adjudicación de los Procedimientos de la Licitación Pública Nacional números IEEM/LPN/06/2011 e IEEM/LPN/13/2011, relativos a la Adquisición de Material Electoral para el Proceso Electoral 2011”, propuesto por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto Electoral del Estado de México, mismo que se adjunta al presente Acuerdo a efecto de que forme parte integral del mismo.

SEGUNDO.- Se adjudican, con fundamento en el artículo 4 inciso d) de la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos del Instituto Electoral del Estado de México, las Licitaciones Públicas Nacionales números IEEM/LPN/06/2011 e IEEM/LPN/13/2011, relativas a la adquisición de material electoral para el Proceso Electoral 2011, en los siguientes términos:

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO IEEM/LPN/06/2011

N.P.

DESCRIPCIÓN DEL BIEN

EMPRESA ADJUDICADA

MONTO TOTAL ADJUDICADO IVA INCLUIDO

2

MATERIAL DE METAL (BASE PARA MAMPARA)

MOLDURAS Y TROQUELES MYR, S.A. DE C.V.

$467,208.00

3

MATERIAL DE METAL (MARCADORA Y DADOS)

MOLDURAS Y TROQUELES MYR, S.A. DE C.V.

$817,211.00

MONTO TOTAL ADJUDICADO

$1’284,419.00

 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO IEEM/LPN/13/2011 

N.P.

DESCRIPCIÓN DEL BIEN

EMPRESA ADJUDICADA

MONTO TOTAL ADJUDICADO IVA INCLUIDO

1

IMPRESOS

IMPRENTA JUVENTUD, S.A. DE C.V.

$188,451.27

2

SOBRES ESPECIALES

MAC ROTATIVAS, S.A. DE C.V.

$533,235.08

4

ÚTILES DE PAPELERÍA PARA CASILLA

ABASTECEDOR CORPORATIVO, S.A DE C.V.

$1’174,091.26

5

SELLOS DE GOMA

PLÁSTICOS Y METALES MYC, S.A. DE C.V.

$55,310.00

6

MATERIAL NOW WOVEN

ROMÁN ROMERO HERNÁNDEZ

$320,623.07

7

MATERIAL DE TELA

CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO, S.A. DE C.V.

$1’056,368.60

8

VINILONAS

CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO, S.A. DE C.V.

$940,116.24

MONTO TOTAL ADJUDICADO

$4’268,195.52

 MONTO TOTAL ADJUDICADO $5’552,614.52 (CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CATORCE PESOS 52/100 M.N.),IVA INCLUIDO.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de México.

SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

Así lo aprobaron por mayoría de votos, los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día veintiuno de abril del año dos mil once y firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 97, fracción IX y 102, fracción XXXI, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n), del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

 

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL 

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL