El Consejo General
del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión
ordinaria del día 20 de marzo del año 2000, se sirvió
aprobar lo siguiente:
Acuerdo N°
23
Objeto, Atribuciones y Lineamientos de Organización
y Funcionamiento de la Comisión de Vigilancia de las
Actividades Administrativas y Financieras del Instituto Electoral
del Estado de México.
CONSIDERANDO |
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I. |
Que el Código Electoral
del Estado de México, en su artículo 78 establece
que el Instituto Electoral del Estado de México, es
el organismo público autónomo, dotado de personalidad
jurídica y patrimonios propios, responsable de la organización,
desarrollo y vigilancia de los procesos electorales. |
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II. |
Que el artículo 80
señala que el patrimonio del Instituto se integra con
los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento
de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen
en el Presupuesto de Egresos del Estado. |
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III. |
Que el Código Electoral
del Estado de México, en su artículo 82 primer
párrafo, establece que las actividades del Instituto
se regirán por los principios de certeza, legalidad,
independencia, imparcialidad y objetividad. |
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IV. |
Que el Consejo General del
Instituto, de acuerdo con lo dispuesto por el Código
Electoral del Estado de México, en su artículo
85, es el Órgano Superior de Dirección, responsable
de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales
y legales en materia electoral, de promover la cultura política
y democrática, así como de velar porque los
principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad
y objetividad guíen todas las actividades del Instituto. |
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V. |
Que la LIII Legislatura del Estado de
México, mediante decreto N° 137 publicado en la
"Gaceta del Gobierno" el día 24 de diciembre
de 1999, aprobó el Presupuesto de Egresos del Gobierno
del Estado de México, para el ejercicio fiscal del
año 2000, incluyéndose en su artículo
13 el Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado
de México, para el presente año. |
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VI. |
Que el Consejo General en uso de las
atribuciones que le confiere el Código Electoral del
Estado de México, en su artículo 93, integró
la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas
y Financieras del Instituto, expidiendo su acuerdo N°
7, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado el día
29 de enero del año 2000. |
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VII. |
Que el mencionado acuerdo N° 7 del
Consejo General en su punto segundo estableció la obligación
a las Comisiones Permanentes para presentar, en su oportunidad,
a la aprobación de los integrantes del Consejo General,
el Proyecto de objeto, atribuciones, lineamientos y procedimientos. |
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VIII. |
Que el Código Electoral del Estado
de México, en su artículo 351 determina que
el Instituto Electoral contará con una Unidad Administrativa
de Control y Vigilancia denominada Contraloría Interna,
la cual gozará de autonomía en el ejercicio
de sus atribuciones quedando supeditada al Consejo General;
señalando también, en la fracción XIV,
que la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas
y Financieras del Consejo General dará seguimiento
a las actividades de la Unidad Administrativa de Control Interno. |
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IX. |
Que el mismo dispositivo legal establece
que para cumplir con los objetivos para los que fue creada,
la Comisión celebrará reuniones periódicas,
y que el Titular de la Contraloría Interna fungirá
como Secretario Técnico de la Comisión y participará
en la misma con voz, y que la Comisión tomará
sus decisiones por mayoría de votos y tendrá
las atribuciones que le sean otorgadas por el Código
Electoral del Estado de México y todas aquellas que
le sean encomendadas por el Consejo General. |
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X. |
Que el Consejo General del Instituto
en sesión del día 5 de febrero del año
2000, mediante su acuerdo N° 8, publicado en la Gaceta
del Gobierno del Estado, designó como Contralor Interno
al Lic. Héctor Mariano Lara Ramos. |
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XI. |
Que el Consejo General en su sesión del día
26 de octubre del año de 1999, aprobó el Proyecto
de Presupuesto para el Instituto, expidiendo para ese efecto
su acuerdo N° 79, publicado en la Gaceta del Gobierno del
Estado, el día 27 del mes de octubre del mismo año. |
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XII. |
Que la Comisión de Vigilancia
de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto,
en cumplimiento a la obligación que le impuso el Consejo
General mediante su acuerdo N° 7, se instaló formalmente
el día 7 de febrero del año en curso y procedió
a iniciar sus trabajos tendientes a la elaboración
del Proyecto de Objeto, Atribuciones y Lineamientos de Organización
y Funcionamiento. |
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XIII. |
Que la Comisión de Vigilancia
de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto,
en su sesión del día 13 de marzo del año
2000, convocó y aprobó su acuerdo N° 1 donde
se contiene la propuesta de objeto, atribuciones y lineamientos
de organización y funcionamiento de la Comisión,
aprobándose también remitirlo a la consideración
del Consejo General para su aprobación definitiva. |
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XIV. |
Que la Secretaría del Consejo General, recibió
mediante oficio de fecha 13 de marzo del año en curso,
suscrito por el Secretario Técnico de la Comisión
de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras
del Instituto, la propuesta de objeto, atribuciones y lineamientos
para someterla a la consideración del Consejo General. |
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En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
UNICO.- Se
aprueba en sus términos el Proyecto de Objeto, Atribuciones
y Lineamientos de Organización y Funcionamiento, que
presenta la Comisión de Vigilancia de las Actividades
Administrativas y Financieras del Instituto y lo convierte
en definitivo, mismo que se adjunta al presente acuerdo, formando
parte del mismo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.-
Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno
del Estado de México.
SEGUNDO.-
La Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas
y Financieras del Instituto Electoral del Estado de México,
contará con el apoyo del personal técnico en
materia contable, fiscal y de auditoría que requiera
en el ejercicio de sus atribuciones.
Toluca de Lerdo, México,
a 20 de marzo del 2000
"TU HACES LA
MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N
T E
EL CONSEJERO PRESIDENTE
DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ
GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO
GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA
CISNEROS
(RUBRICA)
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