Junta General
Direcciones adscritas a la Junta General
- de Administración
- de Participación Ciudadana
- de Organización
- de Partidos Políticos
- Jurídico-Consultiva
|
Modificaciones al Reglamento Interno
Del Instituto Electoral del Estado de México
TÍTULO PRIMERO
De las Funciones y Estructura Orgánica del Instituto
CAPÍTULO OCTAVO
De las Unidades Administrativas
SECCIÓN QUINTA
De la Unidad Técnica para la Administración de Personal Electoral
Artículo 47. La Unidad Técnica para la Administración de Personal Electoral es la encargada de ejecutar, y en su caso, elaborar las propuestas relativas a las disposiciones reglamentarias para el reclutamiento, capacitación, evaluación y selección de vocales, supervisores y capacitadores asistentes electorales, cuando sea procedente, con base en lo señalado por la Constitución Federal y Local, el Estatuto, el Código, los Reglamentos aplicables y las disposiciones que emita el Consejo General y el INE, así como coadyuvar con las Direcciones correspondientes en la selección de monitoristas de los órganos desconcentrados, de acuerdo con la normativa.
Por acuerdo del Consejo General es el Órgano de Enlace con el INE, para atender los asuntos del SPEN relativos a los mecanismos de selección, ingreso, profesionalización, capacitación, promoción, evaluación, cambios de adscripción, rotación, titularidad, permanencia y disciplina o procedimiento laboral disciplinario, de acuerdo con la normativa o procedimientos que determine el INE.
Dicha Unidad contará con la estructura siguiente:
Jefe de la Unidad Técnica para la Administración de Personal Electoral.
Además, contará con los departamentos que se definan en el Manual.