Comisión

de Igualdad de Género y No Discriminación

 

CARGO INTEGRANTES
Presidenta Mtra. Laura Daniella Durán Ceja
Consejera Electoral Lic. Sandra López Bringas
Consejera Electoral Dra. Paula Melgarejo Salgado
Secretaría Técnica Titular de la UCTIGEVPG (Artículo 68 del Reglamento de Comisiones)
Secretaría Técnica Suplente Titular de la jefatura del área de la UCTIGEVPG que determine la Secretaría Ejecutiva
  Las representaciones de los partidos políticos

 

 

MOTIVOS

 

Contar con una Comisión que auxilie a este Consejo General en el cumplimiento del principio de paridad de género y no discriminación en el ejercicio de sus atribuciones conforme a la normatividad vigente y los Tratados Internacionales de los que México es parte..

 

OBJETIVOS

 

  • Objetivo general: Coadyuvar en el diseño, ejecución y promoción de mecanismos institucionales que garanticen el ejercicio de los derechos políticoelectorales de mujeres y hombres en igualdad de condiciones y libres de discriminación.

 

Objetivos Específicos:

 

  • Integrar sistemáticamente la perspectiva de género en el quehacer institucional.
  • Impulsar acciones conjuntas con los partidos políticos, precandidaturas, candidaturas, aspirantes y candidaturas independientes, para el fortalecimiento de los liderazgos políticos de grupos históricamente vulnerados y la consecución de condiciones de igualdad y no discriminación
  • Elaborar e implementar el programa de trabajo que establezca las acciones de protección, promoción y difusión de los derechos político-electorales con perspectiva de género, enfoque interseccional e intercultural.
  • Promover acuerdos con autoridades electorales, organismos e instituciones nacionales y estatales, así como la academia para conocer y compartir buenas prácticas en materia de participación política de las mujeres y de grupos en situación de vulnerabilidad.
  • Difundir de manera coordinada los mecanismos estatales para la atención de casos de violencia política contra las mujeres por razones de género en el Estado de México e implementar acciones que contribuyan a su erradicación.

 

TIEMPO DE FUNCIONAMIENTO:

 

  • Desde la fecha de la aprobación del presente Acuerdo hasta que se cumplan con el objetivo general y específicos descritos en el presente acuerdo, o en su caso, cuando lo determine mediante acuerdo el Consejo General.
  • Al término del funcionamiento de la Comisión, la UGEV será responsable de dar seguimiento a las actividades y proyectos surgidos en el marco de los trabajos de la Comisión que no hayan sido concluidos.